Consultar plazo30% del coste40.000 €

Subvenciones para mantenimiento comercial y servicios básicos en Comunidad de Teruel

LOCAL · COMARCA COMUNIDAD DE TERUEL · COMARCA DE COMUNIDAD DE TERUEL
Denominación oficial (BDNS): Convocatoria de subvenciones para el mantenimiento de la estructura comercial y servicios básicos en el medio rural de la comarca comunidad de teruel durante el ejercicio 2026.
Resumen: Esta convocatoria ofrece subvenciones para el mantenimiento de estructuras comerciales y servicios básicos en áreas rurales de la comarca. Está dirigida a pymes y particulares que operan en sectores como salud, comercio al por menor y servicios personales.

Qué financia

Financia el mantenimiento de infraestructuras comerciales y servicios básicos en zonas rurales

A quién va dirigida

Pymes y personas físicas con actividades económicas en sectores específicos del medio rural

Requisitos

  • No concurra alguna causa establecida en el artículo 13 de la Ley 38/2003
  • Estar al corriente con obligaciones con la Comarca y tributarias
  • Cumplir requisitos anteriores para subvenciones concedidas anteriormente
  • Desarrollar actividad comercial en régimen tradicional, con despacho abierto al público
  • Ser el único establecimiento del municipio o barrio que se dedique a esa actividad
  • Tener horario comercial de mañana y/o tarde, al menos 5 días a la semana
  • Mantener la actividad durante toda la anualidad o parte correspondiente si es inicio
  • Desarrollar actividad en un municipio o barrio con población inferior o igual a 500 habitantes
  • Cumplir con los requisitos establecidos en la convocatoria
  • Estar al corriente tributario, Seguridad Social y Comarca
  • Proporcionar datos veraces
  • Conocer y aceptar el tratamiento de datos personales

Gastos subvencionables

  • Cuota de seguridad social del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
  • Cuotas de Seguridad Social del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos SIN IT

Criterios de valoración

  • Hasta el 30% de la cuota mínima anual establecida dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
  • Cuantía máxima y compatibilidad con otras ayudas
  • No superar el 80% del coste de la actividad

Documentación a presentar

  • Fotocopia del NIF del solicitante
  • Copia de Alta en el epígrafe correspondiente (modelo 036 de la Agencia Tributaria)
  • Modelo de justificación normalizado
  • Fotocopia de recibos de pago a la Seguridad Social de las cuotas de autónomos durante el año 2026, y en su caso, 2025
  • Informe de bases y cuotas ingresadas correspondiente al periodo subvencionado

Condiciones económicas

El importe máximo subvencionable no superará el 80% del coste de la actividad. La cuantía disponible es de 40.000 €.; La ayuda se limita a la consignación presupuestaria anual. Los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año anterior pueden incluirse si el alta en el régimen autónomo fue posterior al inicio de la convocatoria.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Pymes y personas físicas con actividades económicas en sectores específicos del medio rural
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 30% del coste subvencionable. El importe máximo subvencionable no superará el 80% del coste de la actividad. La cuantía disponible es de 40.000 €.; La ayuda se limita a la consignación presupuestaria anual. Los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año anterior pueden incluirse si el alta en el régimen autónomo fue posterior al inicio de la convocatoria.. Presupuesto total: 40.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Desde día siguiente de la publicación en BOPTE. Fin: 15 días hábiles.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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