Subvenciones para mantenimiento comercial y servicios básicos en Comunidad de Teruel
Qué financia
Financia el mantenimiento de infraestructuras comerciales y servicios básicos en zonas rurales
A quién va dirigida
Pymes y personas físicas con actividades económicas en sectores específicos del medio rural
Requisitos
- No concurra alguna causa establecida en el artículo 13 de la Ley 38/2003
- Estar al corriente con obligaciones con la Comarca y tributarias
- Cumplir requisitos anteriores para subvenciones concedidas anteriormente
- Desarrollar actividad comercial en régimen tradicional, con despacho abierto al público
- Ser el único establecimiento del municipio o barrio que se dedique a esa actividad
- Tener horario comercial de mañana y/o tarde, al menos 5 días a la semana
- Mantener la actividad durante toda la anualidad o parte correspondiente si es inicio
- Desarrollar actividad en un municipio o barrio con población inferior o igual a 500 habitantes
- Cumplir con los requisitos establecidos en la convocatoria
- Estar al corriente tributario, Seguridad Social y Comarca
- Proporcionar datos veraces
- Conocer y aceptar el tratamiento de datos personales
Gastos subvencionables
- Cuota de seguridad social del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
- Cuotas de Seguridad Social del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos SIN IT
Criterios de valoración
- Hasta el 30% de la cuota mínima anual establecida dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
- Cuantía máxima y compatibilidad con otras ayudas
- No superar el 80% del coste de la actividad
Documentación a presentar
- Fotocopia del NIF del solicitante
- Copia de Alta en el epígrafe correspondiente (modelo 036 de la Agencia Tributaria)
- Modelo de justificación normalizado
- Fotocopia de recibos de pago a la Seguridad Social de las cuotas de autónomos durante el año 2026, y en su caso, 2025
- Informe de bases y cuotas ingresadas correspondiente al periodo subvencionado
Condiciones económicas
El importe máximo subvencionable no superará el 80% del coste de la actividad. La cuantía disponible es de 40.000 €.; La ayuda se limita a la consignación presupuestaria anual. Los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año anterior pueden incluirse si el alta en el régimen autónomo fue posterior al inicio de la convocatoria.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.