Subvenciones para producción de obras y giras artísticas en Cantabria
Qué financia
Financia la producción de obras y realización de giras en el sector de las artes escénicas
A quién va dirigida
Profesionales del mundo de la danza y otras artes escénicas que deseen producir nuevas obras o realizar giras.
Requisitos
- Domicilio fiscal en Cantabria
- Alta en Impuesto sobre Actividades Económicas (I.A.E.) en epígrafes relacionados con actividades artísticas
- Desarrollo profesional en Cantabria
- Cumplimiento de requisitos adicionales según la modalidad
- Alta en Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.) en actividades artísticas relacionadas con el baile
- Documentación técnica y económica detallada del proyecto
- Declaraciones responsables sobre subvenciones anteriores, cumplimiento normativo y datos bancarios
Gastos subvencionables
- Gastos de personal
- Elementos escénicos y grabación
- Derechos de autor
- Publicidad (hasta 10% del presupuesto)
- Transporte y alojamiento para gira
- Nóminas y cotizaciones a la Seguridad Social
- Póliza de seguro en viajes
- Gastos susceptibles de ser calificados como subvencionables según la Orden UIC/6/2021
- gastos subvencionables de la actividad
Criterios de valoración
- Calidad e interés artístico y cultural
- Accesibilidad e interés social
- Trayectoria del equipo
- Fiabilidad
- Economía y viabilidad
- La cuantía de las subvenciones será proporcional a la puntuación obtenida por los beneficiarios
- No superará el 90% del presupuesto subvencionable ni la cuantía máxima de 10.000 euros
Documentación a presentar
- Documentación general del solicitante (escritura constitución, NIF, alta I.A.E., representación legal)
- Memoria técnica y económica detallada
- Autorizaciones de derechos de autor
- Escritura de constitución (si es persona jurídica)
- NIF de la entidad o persona física
- Memoria técnica y económica detallada del proyecto
- Presupuesto detallado con desglose pormenorizado
- Memoria técnica y económica justificativa de la actividad realizada
- Relación clasificada de todos los gastos subvencionables
- Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil
Condiciones económicas
La convocatoria se regirá por la Orden UIC/6/2021 y modificada por la Orden UIC/39/2021. Los proyectos pueden incluir coproducciones con participantes fuera de Cantabria, siempre que se cumplan ciertas condiciones.; La subvención no superará el 90% del presupuesto subvencionable del proyecto y se distribuirá proporcionalmente a la puntuación obtenida.; La subvención no superará el 90% del presupuesto subvencionable ni la cuantía máxima de 10.000 euros. La cuantía se calcula proporcionalmente a la puntuación obtenida y puede ajustarse si no se agota el crédito en una modalidad.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.