Subvenciones para promoción de la artesanía gallega y fomento comercial
Qué financia
Financia proyectos de promoción y comercialización de la artesanía gallega.
A quién va dirigida
Pymes, autónomos y particulares que desarrollan actividades económicas relacionadas con la artesanía galega.
Requisitos
- Ser persona física o jurídica, comunidad de bienes o unidad económica separada sin personalidad jurídica legalmente constituida
- Titulares de obradoiros artesanais inscritos en el Registro Xeral de Artesanía de Galicia
- Concellos que cumplan con ciertos requisitos financieros y de gestión compartida
- Asociaciones profesionales e empresariales de personas artesás de Galicia
- Ser titular de obradoiro artesanal inscrito en el Rexistro Xeral de Artesanía de Galicia
- Cumplir con las características técnicas y legales para páginas web (si aplica)
- Estar al día en la rendición de cuentas xerais diante del Consello de Contas de Galicia (para concellos)
- Presentar documentación específica según el tipo de entidad
- Cumplir los criterios establecidos para la valoración
- Ser al día en pagos tributarios, seguros sociales y a la Axencia Tributaria de Galicia
Gastos subvencionables
- Gastos e investimentos relacionados con la promoción y comercialización de la artesanía galega entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de octubre de 2026
- Excepcionalmente, gastos derivados de feiras o eventos del período Navidad 2025-2026
- Alugamento de espacio o mobiliario expositivo
- Seguros y servicios básicos e obligatorios
- Transporte de material expositivo
- Promoción del evento y campañas publicitarias
- Mantenimiento y actualización de contenido web
- Costo de actividades inherentes a la subvención
Criterios de valoración
- Participación en feiras o eventos profesionales
- Organización de cursos de formación
- Actividades relacionadas con la promoción del sector artesanal
Documentación a presentar
- Solicitud ajustada al modelo normalizado incluido como anexo II
- Documentos específicos según el artículo 9 de las bases reguladoras
- Facturas, facturas pro forma o orzamentos detallados
- Documentación acreditativa de participación en feiras/eventos
- Contratos de aluguer o cesión del espazo para eventos
- Acta, escritura o documento de constitución y estatutos (para asociaciones)
- Certificado de relación de persoas asociadas (para asociaciones)
- Acta, escritura o documento de constitución
- Certificado de secretaría o representación
- Memoria detallando el orzamento y conceptos subvencionables
- Xustificante de estar al día en rendición de cuentas xerais diante del Consello de Contas de Galicia
Condiciones económicas
El importe no podrá exceder los límites cuantitativos de 300.000 € en un período de tres años establecidos por la normativa UE.; Límite máximo de ayuda: 8.000 € para titulares de obradoiros, 18.000 € para concellos y 25.000 € para asociaciones profesionales.; El importe de la subvención no podrá superar el costo de la actividad o el 80% del investimento. Se permite un pago anticipado del 80% (o 90%) de la subvención, con garantía en caso de subvenciones mayores a 18.000 euros.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.