Consultar plazo80% del coste215.000 €

Subvenciones para promoción de la artesanía gallega y fomento comercial

AUTONOMICA · GALICIA · CONSELLERÍA DE EMPLEO, COMERCIO Y EMIGRACIÓN
Denominación oficial (BDNS): Orde do 27 de maio de 2026 pola que se establecen as bases reguladoras para a concesión, en réxime de concorrencia competitiva, das subvencións para a promoción da artesanía galega e o fomento da súa comercialización, e se convocan para o ano 2026 (código
Resumen: Es un programa que ofrece subvenciones para mejorar la visibilidad y el comercio de productos artesanales galegos. Está dirigido a pymes, autónomos y particulares con actividad económica.

Qué financia

Financia proyectos de promoción y comercialización de la artesanía gallega.

A quién va dirigida

Pymes, autónomos y particulares que desarrollan actividades económicas relacionadas con la artesanía galega.

Requisitos

  • Ser persona física o jurídica, comunidad de bienes o unidad económica separada sin personalidad jurídica legalmente constituida
  • Titulares de obradoiros artesanais inscritos en el Registro Xeral de Artesanía de Galicia
  • Concellos que cumplan con ciertos requisitos financieros y de gestión compartida
  • Asociaciones profesionales e empresariales de personas artesás de Galicia
  • Ser titular de obradoiro artesanal inscrito en el Rexistro Xeral de Artesanía de Galicia
  • Cumplir con las características técnicas y legales para páginas web (si aplica)
  • Estar al día en la rendición de cuentas xerais diante del Consello de Contas de Galicia (para concellos)
  • Presentar documentación específica según el tipo de entidad
  • Cumplir los criterios establecidos para la valoración
  • Ser al día en pagos tributarios, seguros sociales y a la Axencia Tributaria de Galicia

Gastos subvencionables

  • Gastos e investimentos relacionados con la promoción y comercialización de la artesanía galega entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de octubre de 2026
  • Excepcionalmente, gastos derivados de feiras o eventos del período Navidad 2025-2026
  • Alugamento de espacio o mobiliario expositivo
  • Seguros y servicios básicos e obligatorios
  • Transporte de material expositivo
  • Promoción del evento y campañas publicitarias
  • Mantenimiento y actualización de contenido web
  • Costo de actividades inherentes a la subvención

Criterios de valoración

  • Participación en feiras o eventos profesionales
  • Organización de cursos de formación
  • Actividades relacionadas con la promoción del sector artesanal

Documentación a presentar

  • Solicitud ajustada al modelo normalizado incluido como anexo II
  • Documentos específicos según el artículo 9 de las bases reguladoras
  • Facturas, facturas pro forma o orzamentos detallados
  • Documentación acreditativa de participación en feiras/eventos
  • Contratos de aluguer o cesión del espazo para eventos
  • Acta, escritura o documento de constitución y estatutos (para asociaciones)
  • Certificado de relación de persoas asociadas (para asociaciones)
  • Acta, escritura o documento de constitución
  • Certificado de secretaría o representación
  • Memoria detallando el orzamento y conceptos subvencionables
  • Xustificante de estar al día en rendición de cuentas xerais diante del Consello de Contas de Galicia

Condiciones económicas

El importe no podrá exceder los límites cuantitativos de 300.000 € en un período de tres años establecidos por la normativa UE.; Límite máximo de ayuda: 8.000 € para titulares de obradoiros, 18.000 € para concellos y 25.000 € para asociaciones profesionales.; El importe de la subvención no podrá superar el costo de la actividad o el 80% del investimento. Se permite un pago anticipado del 80% (o 90%) de la subvención, con garantía en caso de subvenciones mayores a 18.000 euros.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Pymes, autónomos y particulares que desarrollan actividades económicas relacionadas con la artesanía galega.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 80% del coste subvencionable. El importe no podrá exceder los límites cuantitativos de 300.000 € en un período de tres años establecidos por la normativa UE.; Límite máximo de ayuda: 8.000 € para titulares de obradoiros, 18.000 € para concellos y 25.000 € para asociaciones profesionales.; El importe de la subvención no podrá superar el costo de la actividad o el 80% del investimento. Se permite un pago anticipado del 80% (o 90%) de la subvención, con garantía en caso de subvenciones mayores a 18.000 euros.. Presupuesto total: 215.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 13/06/2026. Fin: 13/07/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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