Subvenciones para recuperación de daños en infraestructuras municipales y red viaria
Qué financia
Financia la recuperación de daños en infraestructuras municipales y red viaria provincial e insular.
A quién va dirigida
Entidades locales que gestionan infraestructuras municipales y provinciales.
Requisitos
- Proyectos directamente relacionados con los siniestros detallados en el anexo
- Ejecución por ayuntamientos, consejos insulares, diputaciones provinciales o comunidades autónomas uniprovinciales
- Ser titular de la infraestructura, equipamiento o instalación y servicio
- Tener un coste subvencionable igual o superior a 3.000 euros
- Aportar carta de pago y acreditativa de recepción del importe en los diez días siguientes al libramiento de la subvención
- Presentar justificación de las obras mediante el modelo normalizado anexo III de la Orden HAP/196/2015, incluyendo fotografías representativas
- Cumplir con las medidas de publicidad previstas en los puntos 2 y 3 del apartado undécimo
Gastos subvencionables
- Gastos de inversión relativos a la ejecución de contratos de obras
- Gastos de dirección de obra y coordinación en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra
- Gastos correspondientes a dirección de obra y coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra
Documentación a presentar
- Memoria valorada con información suficiente
- Certificación de la relación de causalidad entre el episodio catastrófico y la reparación o restitución propuesta
- Informe emitido por los servicios técnicos de la entidad local solicitante
- Certificación acreditativa de la titularidad del bien y competencia para prestación del servicio
- Declaración responsable de habilitar crédito suficiente para cofinanciar el proyecto
- Fotografía representativa de los daños registrados
- Carta de pago
- Acreditativa de recepción del importe
- Justificación de las obras mediante el modelo normalizado anexo III
- Fotografías representativas de la infraestructura, equipamiento o instalación
Condiciones económicas
Subvenciones hasta el 50% del coste; tramitación de urgencia para proyectos relacionados con siniestros; El proyecto debe tener un coste subvencionable igual o superior a 3.000 euros. La subvención se asignará de forma proporcional si excede el importe total máximo convocado.; La subvención no puede exceder el 50% del coste real de la obra ejecutada y efectivamente pagada. Hay plazos para justificación y publicidad, con consecuencias por incumplimiento.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.