● Abierta · hasta 31/12/202760% del coste8.000.000 €

Subvenciones para rehabilitación residencial en Zaragoza

LOCAL · ZARAGOZA · SOCIEDAD MUNICIPAL ZARAGOZA VIVIENDA
Denominación oficial (BDNS): Entregas Dinerarias sin contraprestación destinadas a la rehabilitación residencia-ejercicios 2026-2027
Resumen: Programa de subvenciones para la rehabilitación y edificación de viviendas, dirigido a particulares y empresas.

Qué financia

Financia proyectos de rehabilitación y construcción de viviendas.

A quién va dirigida

Particulares que no desarrollan actividad económica, pymes y personas físicas con actividad económica.

Requisitos

  • Ser propietario o usufructuario de vivienda
  • Cumplir con las condiciones específicas de cada línea (por ejemplo, ingresos limitados para algunas líneas)
  • No recibir otras ayudas para el mismo objeto o finalidad
  • Realizar las obras de rehabilitación según el Proyecto presentado y contar con autorizaciones urbanísticas necesarias
  • Solicitar tres ofertas/presupuestos si el importe supera 40.000€ (excluido IVA)
  • Contar con acuerdos exigidos por la Ley de Propiedad Horizontal en comunidades de propietarios
  • Acreditar la ejecución de las obras mediante certificaciones correspondientes
  • Facilitar información requerida por Zaragoza Vivienda, Intervención General Municipal y otros organismos de fiscalización
  • Dar publicidad adecuada a la colaboración recibida
  • No encontrarse incurso en supuestos de prohibición para ser beneficiario
  • Justificar ayudas superiores a 50.000€ con un informe de cuenta justificativa elaborado por un auditor
  • Hallarse al corriente en tributaciones y Seguridad Social, sin deudas pendientes
  • Certificado acreditativo del acuerdo de la comunidad de propietarios
  • Declaración responsable de no haber solicitado otras ayudas
  • Informe del estado actual del Edificio
  • Proyecto básico o de ejecución
  • Presupuestos que justifiquen los importes presentados como subvencionables

Gastos subvencionables

  • Presupuesto de ejecución de obras
  • Honorarios técnicos
  • Gestión del administrador de fincas
  • Costes de instrumentos urbanísticos
  • Monitorización y sensibilización
  • Costos subvencionables relacionados con la rehabilitación de viviendas
  • Actuaciones de eficiencia energética
  • Accesibilidad
  • Conservación
  • Monitoreización
  • Actividad de sensibilización/difusión

Documentación a presentar

  • Documentación específica requerida para cada línea (no detallada en el texto)
  • Certificado acreditativo del acuerdo de la comunidad de propietarios
  • Declaración responsable de no haber solicitado otras ayudas
  • Informe del estado actual del Edificio
  • Proyecto básico o de ejecución
  • Presupuestos que justifiquen los importes presentados como subvencionables

Condiciones económicas

El presupuesto subvencionable incluye costes directamente relacionados con las obras, honorarios técnicos y gestión del administrador de fincas. El importe máximo por solicitud varía según la línea.; Las ayudas se otorgan según el presupuesto disponible. Hay un límite máximo de ingresos basado en la Cuantía Anual del IPREM, que varía según el número de miembros de la unidad de convivencia.; La cuantía máxima se calcula multiplicando el porcentaje máximo establecido en la tabla por el coste de las actuaciones subvencionables, o bien por la cantidad obtenida de multiplicar la cuantía máxima de la ayuda por vivienda establecida en la tabla por el número de viviendas.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Particulares que no desarrollan actividad económica, pymes y personas físicas con actividad económica.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 60% del coste subvencionable. Importe máximo por beneficiario: 25.000 €. El presupuesto subvencionable incluye costes directamente relacionados con las obras, honorarios técnicos y gestión del administrador de fincas. El importe máximo por solicitud varía según la línea.; Las ayudas se otorgan según el presupuesto disponible. Hay un límite máximo de ingresos basado en la Cuantía Anual del IPREM, que varía según el número de miembros de la unidad de convivencia.; La cuantía máxima se calcula multiplicando el porcentaje máximo establecido en la tabla por el coste de las actuaciones subvencionables, o bien por la cantidad obtenida de multiplicar la cuantía máxima de la ayuda por vivienda establecida en la tabla por el número de viviendas.. Presupuesto total: 8.000.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 30/06/2026. Fin: 31/12/2027.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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