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Subvenciones para reparar viviendas en situación de vulnerabilidad, Gran Canaria

LOCAL · CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA · CONSORCIO DE VIVIENDAS DE GRAN CANARIA
Denominación oficial (BDNS): Convocatoria de subvenciones para obras de reparación de primera necesidad en viviendas de personas en situación de vulnerabilidad, 2026.
Resumen: Esta convocatoria ofrece subvenciones para la reparación de viviendas a personas en situación de vulnerabilidad. Está dirigida a particulares que no desarrollan actividad económica.

Qué financia

Financia obras de reparación de primera necesidad en viviendas

A quién va dirigida

Particulares sin actividad económica que viven en situaciones de vulnerabilidad

Requisitos

  • Poseer nacionalidad española o residencia legal en España
  • Ser propietario, usufructuario o poseedor de la vivienda con autorización del propietario
  • Estar empadronado y residente habitualmente en la vivienda durante al menos 6 meses
  • Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica
  • No haber sido beneficiario en las dos últimas convocatorias similares
  • Cumplir con otras condiciones específicas relacionadas con el ingreso, la propiedad y otros requisitos sociales
  • Cumplir con las condiciones de primera necesidad establecidas en el Decreto 117/2006
  • No estar en situación legal de ruina, salvo rehabilitación previa acuerdo del Ayuntamiento y propietario
  • Existir una unidad de convivencia
  • Al menos un miembro debe ser víctima de violencia de género para obtener puntos adicionales
  • Cumplir con la puntuación mínima requerida
  • No haber sido beneficiario en las dos últimas convocatorias o no superar 5.000 € si lo ha sido

Gastos subvencionables

  • Actuaciones sobre elementos constructivos destinadas al cumplimiento o mejora de las condiciones de habitabilidad exigidas en la normativa reguladora
  • Elementos constructivos destinados al cumplimiento o mejora de las condiciones de habitabilidad exigidas por el Decreto 117/2006
  • Obras de reparación de primera necesidad
  • Mejora de la accesibilidad y supresión de barreras físicas

Criterios de valoración

  • Estado de conservación y urgencia de la vivienda
  • Ingresos de los miembros que componen la unidad familiar o de convivencia
  • Documentación aportada por el interesado/a y su unidad de convivencia
  • Criterios técnicos (1-6)
  • Criterios económicos (1-4)
  • Criterios sociales (1-3)

Documentación a presentar

  • Copia del DNI o NIE
  • Nota simple del Registro de la Propiedad
  • Autorización del propietario si es necesario
  • Certificado de empadronamiento histórico colectivo
  • Declaración del IRPF (si corresponde)
  • Certificado acreditativo de la categoría de familia numerosa
  • Documentos sobre discapacidad o dependencia
  • Documentación sobre vivienda en situación legal de ruina
  • Certificado catastral
  • Informe técnico social y económico
  • Formulario de solicitud correspondiente al Anexo I
  • Informes y documentación necesaria para la comprobación de datos, requisitos y circunstancias
  • Documentos que demuestren la situación actual de la vivienda
  • Declaraciones económicas del solicitante

Condiciones económicas

La cuantía máxima no está especificada, pero hay un límite en el importe total de la obra subvencionada. La subvención es a tope según disponibilidad presupuestaria.; La cuantía máxima por municipio varía según su población: hasta 28% para menos de 10.000 habitantes, y disminuye a 15-18% para mayores poblaciones.; Los fondos se reparten según una puntuación técnica, económica y social; hay un segundo reparto en caso de fondos sobrantes. La subvención no conlleva transferencia directa a los beneficiarios.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Particulares sin actividad económica que viven en situaciones de vulnerabilidad
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 18.000 €. La cuantía máxima no está especificada, pero hay un límite en el importe total de la obra subvencionada. La subvención es a tope según disponibilidad presupuestaria.; La cuantía máxima por municipio varía según su población: hasta 28% para menos de 10.000 habitantes, y disminuye a 15-18% para mayores poblaciones.; Los fondos se reparten según una puntuación técnica, económica y social; hay un segundo reparto en caso de fondos sobrantes. La subvención no conlleva transferencia directa a los beneficiarios.. Presupuesto total: 800.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: UN MES, a partir del día siguiente a aquel en el que se produzca la publicación en BOP Las Palmas. Fin: Finalizado el mes de presentación de solicitudes.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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