Subvenciones para reparar viviendas en situación de vulnerabilidad, Gran Canaria
Qué financia
Financia obras de reparación de primera necesidad en viviendas
A quién va dirigida
Particulares sin actividad económica que viven en situaciones de vulnerabilidad
Requisitos
- Poseer nacionalidad española o residencia legal en España
- Ser propietario, usufructuario o poseedor de la vivienda con autorización del propietario
- Estar empadronado y residente habitualmente en la vivienda durante al menos 6 meses
- Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica
- No haber sido beneficiario en las dos últimas convocatorias similares
- Cumplir con otras condiciones específicas relacionadas con el ingreso, la propiedad y otros requisitos sociales
- Cumplir con las condiciones de primera necesidad establecidas en el Decreto 117/2006
- No estar en situación legal de ruina, salvo rehabilitación previa acuerdo del Ayuntamiento y propietario
- Existir una unidad de convivencia
- Al menos un miembro debe ser víctima de violencia de género para obtener puntos adicionales
- Cumplir con la puntuación mínima requerida
- No haber sido beneficiario en las dos últimas convocatorias o no superar 5.000 € si lo ha sido
Gastos subvencionables
- Actuaciones sobre elementos constructivos destinadas al cumplimiento o mejora de las condiciones de habitabilidad exigidas en la normativa reguladora
- Elementos constructivos destinados al cumplimiento o mejora de las condiciones de habitabilidad exigidas por el Decreto 117/2006
- Obras de reparación de primera necesidad
- Mejora de la accesibilidad y supresión de barreras físicas
Criterios de valoración
- Estado de conservación y urgencia de la vivienda
- Ingresos de los miembros que componen la unidad familiar o de convivencia
- Documentación aportada por el interesado/a y su unidad de convivencia
- Criterios técnicos (1-6)
- Criterios económicos (1-4)
- Criterios sociales (1-3)
Documentación a presentar
- Copia del DNI o NIE
- Nota simple del Registro de la Propiedad
- Autorización del propietario si es necesario
- Certificado de empadronamiento histórico colectivo
- Declaración del IRPF (si corresponde)
- Certificado acreditativo de la categoría de familia numerosa
- Documentos sobre discapacidad o dependencia
- Documentación sobre vivienda en situación legal de ruina
- Certificado catastral
- Informe técnico social y económico
- Formulario de solicitud correspondiente al Anexo I
- Informes y documentación necesaria para la comprobación de datos, requisitos y circunstancias
- Documentos que demuestren la situación actual de la vivienda
- Declaraciones económicas del solicitante
Condiciones económicas
La cuantía máxima no está especificada, pero hay un límite en el importe total de la obra subvencionada. La subvención es a tope según disponibilidad presupuestaria.; La cuantía máxima por municipio varía según su población: hasta 28% para menos de 10.000 habitantes, y disminuye a 15-18% para mayores poblaciones.; Los fondos se reparten según una puntuación técnica, económica y social; hay un segundo reparto en caso de fondos sobrantes. La subvención no conlleva transferencia directa a los beneficiarios.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.