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Subvenciones para servicios sociales en Torres de Cotillas

LOCAL · TORRES DE COTILLAS, LAS · AYUNTAMIENTO DE TORRES DE COTILLAS, LAS
Denominación oficial (BDNS): Subvenciones de concurrencia competitiva en materia de acción social 2026
Resumen: Esta convocatoria ofrece subvenciones para proyectos de servicios sociales. Está dirigida a entidades sin ánimo de lucro que no desarrollan actividad económica.

Qué financia

Financiación de acciones socialmente beneficiosas en el ámbito sanitario y de servicios sociales

A quién va dirigida

Organizaciones benéficas, asociaciones y fundaciones que prestan servicios sociales o sanitarios

Requisitos

  • Estar legalmente constituidos
  • Estar debidamente inscritas en el registro de Asociaciones que corresponda según su ámbito territorial, además de en el registro municipal de asociaciones de Las Torres de Cotillas.
  • Tener fijado su domicilio social en el municipio de Las Torres de Cotillas y/o desarrollar sus actuaciones en el ámbito territorial del municipio, como mínimo un año antes de la convocatoria de las subvenciones.
  • Tener carácter social
  • Haber presentado justificaciones de otras subvenciones otorgadas por este Ayuntamiento en ejercicios anteriores.
  • No estar incursa en ninguna causa de prohibición para ser considerada beneficiaria de subvenciones, según lo previsto en el art.13 de la LGS.
  • La solicitud deberá suscribirla quien ostente la representación legal de la asociación solicitante
  • En caso de intervención con menores, declarar responsablemente que los intervinientes no han sido condenados por sentencia firme por algún delito contra la libertad sexual.
  • Tender a la paridad entre los y las profesionales que realicen el proyecto subvencionado
  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

Criterios de valoración

  • Los criterios y baremos que figuran en el artículo 15 de las bases específicas para concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de acción social, publicadas en BORM nº196, de 25 de agosto de 2021.

Condiciones económicas

Con cargo a la aplicación presupuestaria partida 2310.489.20 del Presupuesto Municipal prorogado.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones benéficas, asociaciones y fundaciones que prestan servicios sociales o sanitarios
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 20.000 €. Con cargo a la aplicación presupuestaria partida 2310.489.20 del Presupuesto Municipal prorogado.. Presupuesto total: 20.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Desde el día siguiente a la publicación del BORM. Fin: 15 días habiles desde el día siguiente de la publicación del BORM.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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