Subvenciones para supresión de barreras arquitectónicas en personas mayores
Qué financia
Financiar mejoras arquitectónicas que faciliten el acceso y movilidad de las personas mayores.
A quién va dirigida
Personas mayores que necesiten adaptaciones en sus hogares debido a limitaciones físicas o discapacidades.
Requisitos
- Ser persona mayor igual o superior a 60 años
- Tener deficiencias motrices o sensoriales que impidan o dificulten la movilidad, o grados I, II o III de dependencia, o discapacidad igual o superior al 33%
- Las obras deben estar relacionadas con las necesidades de accesibilidad y comunicación
- Ser propietario, usufructuaria o arrendatario del domicilio donde se realizarán las obras
- No estar sotmesa a supuestos de prohibición para ser beneficiario de subvenciones
- Factura de la obra realizada entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, junto con los documentos justificativos del pago.
- Autorización de la comunidad de propietarios en caso de obras para eliminar barreres de acceso a una finca de propiedad horizontal.
- Acta de la comunitat de propietarios/àries con la cantidad que corresponde pagar a la persona solicitante.
Gastos subvencionables
- Transformaciones en el interior de viviendas con finalidad de adaptación y mejora de la accesibilidad (baños, cocina, otras piezas)
- Modificaciones del edificio que contribuyan a evitar obstáculos y facilitar la movilidad
- Gastos de adecuación de vivienda
Criterios de valoración
- Rigoroso orden de fecha de presentación de solicitudes
- El importe global máximo destinado en la convocatoria condiciona las obligaciones contractuales
- La cantidad de subvención se fija según ingresos netos, número de miembros y coste de actividad
Documentación a presentar
- Solicitud formalizada y firmada por el solicitante
- Declaración responsable de no concorrer en supuestos prohibidos
- Certificado de convivencia o unión de hecho
- Informes médicos y sociales
- Título jurídico que acredite la propiedad, usufructo o arrendamiento del bien
- Factura de las obras realizadas con justificativos de pago
- Autorización de la comunidad de propietarios si es necesario
- Factura de l'obra realitzada
- Documents justificatius del pagament de les obres realitzades
- Autorització de la comunitat de propietaris si es tracta d'obres per a l'eliminació de barreres en l'accés a una finca de propietat horitzontal.
- Acta de la comunitat de propietaris/àries amb la quantia que correspon pagar a la persona sol·licitant.
Condiciones económicas
El monto de la subvención se determina según los ingresos netos de la unidad familiar, el número de miembros y el coste de la actividad subvencionada. No excederá ni este módulo ni el costo de la actividad.; El pagament debe estar acreditado por la factura, que debe cumplir con el Real Decreto 1619/2012. El plazo de ejecución es hasta finales del año 2025.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.