Convenio de atención psicológica, social y educativa familiar en Aragón
Qué financia
Financia la prestación de servicios de atención psicológica, social y educativa familiar
A quién va dirigida
Entidades jurídicas sin actividad económica que prestan atención psicológica, social y educativa familiar en Aragón
Requisitos
- Facilitar el inmueble para la ubicación del servicio
- Prestar servicios de atención psicológica, social y educativa familiar
- Cumplimentar y remitir registros de información al Instituto Aragonés de la Mujer
- Publicidad adecuada en las actuaciones
- Nombrar una persona responsable de la organización y coordinación de las actuaciones
- Facilitar asistencia a reuniones periódicas de profesionales
- Conservar documentación e información durante cuatro años
- Cumplimentar el informe de la Comisión de Comunicación Institucional
- Enviar una prueba por correo electrónico para verificar alineación con Manual de Identidad Visual Corporativa
- Trasladar solicitud y materiales a Gabinete del Departamento de Presidencia, Justicia y Cultura
- Cumplir con la legislación medioambiental, transparencia, igualdad entre hombres y mujeres, etc.
- Aprobar modificaciones al Plan de Racionalización del gasto corriente
- Tener aprobado el pago de tributos y otras obligaciones financieras
- Presentar certificación de gastos realizados para la ejecución del convenio
- Justificar los gastos imputables estimados que no se han podido justificar a fecha actual
- Reflejar en la contabilidad el ingreso correspondiente a la subvención
- Cumplir con la normativa aplicable en materia de contratación
Gastos subvencionables
- Contratación de servicios por importe superior a 5.000 € (considerados gastos menores)
- Nóminas y gastos de seguridad social
- Recibos de gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento (con límites máximos)
- Gastos imputados realizados y pagados para la ejecución del convenio
- Horas dedicadas al objeto e imputación de costes del Convenio en relación con el personal profesional
Documentación a presentar
- Certificación expedida como Anexo II por el Secretario/a-Interventor/a
- Índice numerado de los documentos justificativos imputables a la subvención
- Certificación de gastos (hasta el 31 de diciembre)
- Informe estimativo de justificación de gastos para la prestación del servicio
- Anexos I a IV con las especificaciones detalladas
Condiciones económicas
La subvención es excepcional y se otorga directamente, sin especificar un importe máximo. La duración del convenio no está limitada por una cantidad máxima de dinero.; Los contratos por encima de 5.000 € requieren consulta previa o licitación pública; hay un límite en gastos de desplazamiento y alojamiento.; Los gastos imputados deben estar dentro de los máximos establecidos por la normativa. Se requiere un informe detallado sobre el número de mujeres atendidas y las horas dedicadas al personal profesional.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.