Convenio de Colaboración entre Ayuntamiento de Málaga y Fundación CUDECA
Qué financia
Financia actividades sanitarias y de servicios sociales.
A quién va dirigida
Organizaciones benéficas, asociaciones y fundaciones dedicadas a la atención social y salud en Málaga.
Requisitos
- La entidad debe estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades.
- No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario según la Ley 38/2003.
- La entidad debe estar a corriente en sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social
- Justificación del 100% del coste total de ejecución antes del 31 de octubre de 2026
- Garantía financiera para el pago no anticipado
- Cumplir con los objetivos y ejecutar el proyecto
- Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de requisitos y condiciones
- Realizar las actividades que fundamentan los acuerdos concertados
- Contar con los medios personales y materiales adecuados para el cumplimiento de los acuerdos concertados
Gastos subvencionables
- Gastos de personal
- Gastos relacionados con la atención domiciliaria de cuidados paliativos
- Asesoramiento y educación sanitaria
- Mejora de autonomía física y funcional
- Apoyo emocional y social a familiares y cuidadores
- Personal
- Seguros
- Suministros (luz, agua, telf...)
- Transporte
- Otros: Material clínico y asistencial.
Documentación a presentar
- La documentación justificativa deberá presentarse a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento, una vez ejecutado el proyecto y siempre antes del 31 de octubre de 2026.
- Memoria técnica justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención
- Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas
- Relación de facturas o cuadrante económico de gastos del coste total del proyecto
- Facturas y demás justificantes de pago válidos en el tráfico mercantil
- Acreditación de la forma de pago
- Ejemplar o muestra de la publicidad realizada para la divulgación de las actividades subvencionadas
- Documentación justificativa a través de la Sede Electrónica antes del 31 de octubre de 2026
Condiciones económicas
El pago se realiza en dos partes: una anticipada del 75% (30.000 €) y el restante del 25% (10.000 €), con justificación previa del coste total.; El Ayuntamiento aporta 40.000 €, lo que equivale al 95% de la cuantía total del proyecto. Se permite un pago anticipado hasta el 75% de la subvención, con garantía financiera para el resto.; Costes indirectos máximo del 20%; gastos de personal no superar el 80% del coste total; subcontratación hasta un 50% del importe de la actividad.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.