Convenio de colaboración para atención psicológica, social y educativa familiar
Qué financia
Financia la prestación de servicios psicológicos, sociales y educativos familiares
A quién va dirigida
Organizaciones sin fines económicos en Aragón
Requisitos
- Facilitar el inmueble adecuadamente equipado
- Prestar servicios de atención psicológica y social educativa familiar por profesionales calificados
- Cumplimentar y remitir registros de información al Instituto Aragonés de la Mujer
- Publicidad de las actuaciones con colaboración del Instituto Aragonés de la Mujer
- Nombrar una persona responsable de la organización y coordinación de las actuaciones
- Facilitar asistencia a reuniones periódicas de profesionales
- Conservar documentación e información durante 4 años
- Cumplimentar un formulario en https://www.aragon.es/imagen-corporativa
- Enviar una prueba por correo electrónico a comisióndecomunicacion@aragon.es para verificar el Manual de Identidad Visual Corporativa del Gobierno de Aragón
- Trasladar la solicitud y materiales al Gabinete del Departamento de Presidencia, Justicia y Cultura mediante vicepresidencia@aragon.es
- Conservar documentación e información durante cuatro años
- Ser mujer víctima de violencia de género o cualquier tipo de violencia por género, según las leyes mencionadas.
- Atender a hijos e hijas víctimas de violencia hasta los 23 años si han sido afectados antes de la mayoría de edad.
- Cumplir con el registro detallado de datos específicos relacionados con la atención recibida.
Gastos subvencionables
- Contratación de servicios por importe superior a 5.000 € (según normativa autonómica)
- Nóminas y gastos de seguridad social
- Recibos de gastos de desplazamiento (0,26 €/km)
- Gastos de manutención (37,40 €/día)
- Dieta por alojamiento (65,70 €/día)
- Gastos imputables realizados y pagados para la ejecución del convenio, incluyendo servicios profesionales como psicología, trabajo social y educación.
- Costes asociados a la contratación de servicios necesarios para el funcionamiento de la entidad o desarrollo de su actividad principal.
Criterios de valoración
- La justificación económica debe cumplir con todas las normativas aplicables en materia de contratación pública y contabilidad.
- Los gastos deben estar dentro del presupuesto establecido, con limitaciones para dietas, desplazamiento y alojamiento.
Documentación a presentar
- Certificación expedida como Anexo II
- Índice numerado de los documentos justificativos imputables a la subvención
- Certificación de gastos realizados y pagados desde el inicio hasta la fecha actual.
- Informe estimativo de justificación de gastos futuros.
- Documentación detallada sobre las horas dedicadas al objeto e imputación de costes del Convenio por parte del personal profesional.
Condiciones económicas
El servicio se prestará al menos 3 horas por semana de atención psicológica y 23,5 horas por semana de atención social y educativa familiar. Los gastos superiores a 5.000 € deben seguir la normativa autonómica para contratos menores.; La subvención se aplica al 80% del gasto total de la actividad. Si hay otras ayudas públicas, su suma no debe superar el 80% del importe de funcionamiento.; Los gastos deben estar dentro del presupuesto establecido en el convenio, con limitaciones para dietas, desplazamiento y alojamiento. Se requiere justificación detallada de los gastos.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.