Consultar plazo80% del coste55.858 €

Convenio de colaboración para atención psicológica, social y educativa familiar

AUTONOMICA · ARAGÓN · INSTITUTO ARAGONÉS DE LA MUJER (IAM)
Denominación oficial (BDNS): Convenio de colaboración entre el instituto aragonés de la mujer y la comarca de la ribera alta del ebro para la prestación del servicio de atención psicológica, social y educativa familiar
Resumen: Este convenio establece una colaboración entre el Instituto Aragonés de la Mujer y la Comarca de La Ribera Alta del Ebro para brindar servicios sociales a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Qué financia

Financia la prestación de servicios psicológicos, sociales y educativos familiares

A quién va dirigida

Organizaciones sin fines económicos en Aragón

Requisitos

  • Facilitar el inmueble adecuadamente equipado
  • Prestar servicios de atención psicológica y social educativa familiar por profesionales calificados
  • Cumplimentar y remitir registros de información al Instituto Aragonés de la Mujer
  • Publicidad de las actuaciones con colaboración del Instituto Aragonés de la Mujer
  • Nombrar una persona responsable de la organización y coordinación de las actuaciones
  • Facilitar asistencia a reuniones periódicas de profesionales
  • Conservar documentación e información durante 4 años
  • Cumplimentar un formulario en https://www.aragon.es/imagen-corporativa
  • Enviar una prueba por correo electrónico a comisióndecomunicacion@aragon.es para verificar el Manual de Identidad Visual Corporativa del Gobierno de Aragón
  • Trasladar la solicitud y materiales al Gabinete del Departamento de Presidencia, Justicia y Cultura mediante vicepresidencia@aragon.es
  • Conservar documentación e información durante cuatro años
  • Ser mujer víctima de violencia de género o cualquier tipo de violencia por género, según las leyes mencionadas.
  • Atender a hijos e hijas víctimas de violencia hasta los 23 años si han sido afectados antes de la mayoría de edad.
  • Cumplir con el registro detallado de datos específicos relacionados con la atención recibida.

Gastos subvencionables

  • Contratación de servicios por importe superior a 5.000 € (según normativa autonómica)
  • Nóminas y gastos de seguridad social
  • Recibos de gastos de desplazamiento (0,26 €/km)
  • Gastos de manutención (37,40 €/día)
  • Dieta por alojamiento (65,70 €/día)
  • Gastos imputables realizados y pagados para la ejecución del convenio, incluyendo servicios profesionales como psicología, trabajo social y educación.
  • Costes asociados a la contratación de servicios necesarios para el funcionamiento de la entidad o desarrollo de su actividad principal.

Criterios de valoración

  • La justificación económica debe cumplir con todas las normativas aplicables en materia de contratación pública y contabilidad.
  • Los gastos deben estar dentro del presupuesto establecido, con limitaciones para dietas, desplazamiento y alojamiento.

Documentación a presentar

  • Certificación expedida como Anexo II
  • Índice numerado de los documentos justificativos imputables a la subvención
  • Certificación de gastos realizados y pagados desde el inicio hasta la fecha actual.
  • Informe estimativo de justificación de gastos futuros.
  • Documentación detallada sobre las horas dedicadas al objeto e imputación de costes del Convenio por parte del personal profesional.

Condiciones económicas

El servicio se prestará al menos 3 horas por semana de atención psicológica y 23,5 horas por semana de atención social y educativa familiar. Los gastos superiores a 5.000 € deben seguir la normativa autonómica para contratos menores.; La subvención se aplica al 80% del gasto total de la actividad. Si hay otras ayudas públicas, su suma no debe superar el 80% del importe de funcionamiento.; Los gastos deben estar dentro del presupuesto establecido en el convenio, con limitaciones para dietas, desplazamiento y alojamiento. Se requiere justificación detallada de los gastos.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones sin fines económicos en Aragón
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 80% del coste subvencionable. El servicio se prestará al menos 3 horas por semana de atención psicológica y 23,5 horas por semana de atención social y educativa familiar. Los gastos superiores a 5.000 € deben seguir la normativa autonómica para contratos menores.; La subvención se aplica al 80% del gasto total de la actividad. Si hay otras ayudas públicas, su suma no debe superar el 80% del importe de funcionamiento.; Los gastos deben estar dentro del presupuesto establecido en el convenio, con limitaciones para dietas, desplazamiento y alojamiento. Se requiere justificación detallada de los gastos.. Presupuesto total: 55.858 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/01/2026. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

Otras subvenciones de Servicios sociales y dependencia

Ver todas →