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Convocatoria de prestaciones económicas para servicios sociales en Camargo

LOCAL · CAMARGO · AYUNTAMIENTO DE CAMARGO
Denominación oficial (BDNS): Convocatoria abierta de prestaciones económicas de carácter social a conceder por el ayuntamiento de camargo con cargo al fondo extraordinario de suministros básicos ejercicio 2026. expte sec/2026/851
Resumen: Es una convocatoria directa del ayuntamiento de Camargo que ofrece prestaciones económicas a personas físicas sin actividad económica. Se dirige a beneficiarios específicos dentro del ámbito territorial de Cantabria.

Qué financia

Financiación de servicios sociales y promoción social

A quién va dirigida

Personas físicas que no desarrollan actividad económica en el ayuntamiento de Camargo

Requisitos

  • Ser mayor de dieciocho años o menor con cargas familiares
  • Estar empadronado y tener residencia efectiva en el municipio
  • No tener ingresos suficientes para atender la situación de emergencia
  • Que ninguna persona que integre la unidad familiar disponga de bienes muebles o inmuebles distintos a la vivienda habitual
  • Estar atendida en un proceso de intervención social
  • No haber solicitado prestaciones similares en los últimos seis meses
  • Presentación de solicitud en el Registro General o medios previstos
  • Documentación exigida (DNI, libro de familia, certificados de ingresos, etc.)
  • Cumplimiento de requisitos establecidos por la Comisión Técnica
  • No haber recibido prestación por el mismo concepto de alguna administración pública
  • Acreditar que no se han podido acoger a las ayudas que convoque la Consejería competente en materia de educación o empleo

Gastos subvencionables

  • Productos básicos: alimentación, ropa y calzado, pañales, productos de higiene doméstica y personal
  • Prestaciones para la vivienda (alquiler, fianza, cuota hipotecaria, alojamiento en pensiones)
  • Equipamiento del hogar
  • Pago de deudas de suministros básicos
  • Actividades y materiales educativos
  • Transporte
  • Alquiler y fianzas
  • Reparaciones extraordinarias
  • Suministros básicos (electricidad, gas, agua)
  • Alojamiento en pensiones o hostales
  • Alimentación y productos de higiene
  • Vestido
  • Material escolar
  • Comedor escolar
  • Transporte escolar
  • Actividades extraescolares
  • Escolar primaria y secundaria
  • Pago del comedor escolar
  • Actividades extraescolares y de ocio
  • Desplazamientos para inserción sociolaboral y asistencia terapéutica

Criterios de valoración

  • Descripción de la situación familiar
  • Carencias socio-económicas detectadas
  • Necesidad para la que se solicita la cobertura
  • Plan de intervención con detalle de recursos movilizados y perspectivas
  • Concurrencia de requisitos establecidos en la base 5º
  • Riguroso orden de presentación
  • Agotamiento del crédito presupuestario
  • No haber recibido prestación por el mismo concepto de alguna administración pública
  • Acreditar que no se han podido acoger a las ayudas que convoque la Consejería competente en materia de educación o empleo

Documentación a presentar

  • DNI, NIE o pasaporte y documentos familiares
  • Certificado de empadronamiento
  • Documentos acreditativos de ingresos económicos
  • Justificante de gastos excepcionales
  • Presupuesto del gasto a realizar
  • Contrato de arrendamiento o escrituras de propiedad (si corresponde)
  • Cuenta bancaria para el ingreso de la prestación
  • Modelo de solicitud
  • Declaración responsable
  • Ficha de terceros
  • Certificación del Alcalde

Condiciones económicas

Las prestaciones no podrán superar cuatro veces el IPREM mensual al año por unidad de convivencia. Las cuantías fijadas serán ampliables con las cantidades percibidas del Fondo Extraordinario de Suministros Básicos.; Las prestaciones están sujetas a un presupuesto anual y pueden variar según el tipo de necesidad. Se requiere justificación del gasto dentro de un plazo determinado.; Los pagos están sujetos a una deuda máxima acumulada de tres meses. Para el transporte, se puede financiar hasta un máximo de 0,26€/km si no hay servicio público.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Personas físicas que no desarrollan actividad económica en el ayuntamiento de Camargo
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 27.570,96 €. Las prestaciones no podrán superar cuatro veces el IPREM mensual al año por unidad de convivencia. Las cuantías fijadas serán ampliables con las cantidades percibidas del Fondo Extraordinario de Suministros Básicos.; Las prestaciones están sujetas a un presupuesto anual y pueden variar según el tipo de necesidad. Se requiere justificación del gasto dentro de un plazo determinado.; Los pagos están sujetos a una deuda máxima acumulada de tres meses. Para el transporte, se puede financiar hasta un máximo de 0,26€/km si no hay servicio público.. Presupuesto total: 27.570 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: DESDE FECHA PUBLICACIÓN. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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