650.000 €

Convocatoria de subvenciones para proyectos postemergenciales de ayuda humanitaria

AUTONOMICA · ILLES BALEARS · DIRECCIÓN GENERAL DE INMIGRACIÓN Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO
Denominación oficial (BDNS): Convocatoria de subevnciones para ejecutar proyectos de postemergencias en el ámbito de la ayuda humanitaria para 2026
Resumen: Es una convocatoria competitiva que ofrece financiamiento para proyectos de ayuda humanitaria en áreas afectadas por emergencias. Está dirigida a entidades sin ánimo de lucro.

Qué financia

Financia la ejecución de proyectos de postemergencia en el ámbito de la ayuda humanitaria

A quién va dirigida

Organizaciones benéficas y no gubernamentales que trabajan en ayuda humanitaria

Requisitos

  • Estar válidamente constituida y inscrita en el registro correspondiente (RONGD para entidades de las Illes Balears o AECID para entidades estatales).
  • Disponer de organización y capacidad suficientes.
  • Tener entre los objetivos estatutarios actividades relacionadas con la cooperación al desarrollo y el fomento de la solidaridad.
  • Cumplir obligaciones tributarias y Seguridad Social.
  • Estar al corrent en las obligaciones comptables si es una fundación.
  • No estar sotmesa a procedimientos de reintegramiento o sanción.
  • Justificar subvenciones recibidas anteriormente del Gobierno de las Illes Balears, si aplica.
  • Cumplir con prohibiciones legales y no estar relacionada con el tráfico ilícito de personas.
  • La situación del proyecto debe ser susceptible de actuaciones de postemergencia y derivarse de una insuficiencia en la capacidad de respuesta por causa política o económica, de las autoridades nacionales e locales para atender a la población vulnerable.
  • Las solicitudes deben presentarse electrónicamente mediante el trámite telemático específico disponible en la Seu Electrònica de la CAIB.
  • El término de presentación de las solicitudes inicia el día siguiente a la publicación de la convocatoria y finaliza el 15 de noviembre de 2026.
  • La imputación de despesas derivadas del personal debe indicar el porcentaje de jornada laboral dedicada al proyecto y la parte proporcional de la retribución.
  • El personal local, expatriado o en la seú debe estar sotmès a la legislación laboral correspondiente y sus funciones deben relacionarse directamente con la intervención.
  • Las entidades beneficiarias deben priorizar el uso de recursos materiales y humanos disponibles en el mercado local o regional.

Gastos subvencionables

  • Servicios de salud
  • Ayuda alimentaria y distribución de alimentos
  • Acceso a agua potable, saneamiento, higiene, refugio y recer
  • Enfrentamiento de la vulnerabilidad local
  • Reactivación económica inmediata en el postdesastre o postconflicto
  • Necesidades básicas educativas
  • Acciones de rehabilitación y reconstrucción
  • Protección de la dignidad humana y derechos de las personas
  • Soporte económico a poblaciones afectadas por epidemias o pandemias
  • Creación de medios de vida en crisis crónicas
  • Terrenys o immobles de compra
  • Construcció o reforma d’immobles i infraestructures
  • Equips i materials inventariables
  • Materials no inventariables i subministraments
  • Personal
  • Despeses derivadas del personal (salaris, assegurances sociales, etc.)
  • Aportaciones monetàries a la població refugiada o desplaçada
  • Viatges, allotjament y dietes directamente relacionados con las actuacions previstas
  • Serveis tècnics i professionals
  • Despeses de funcionament sobre el terreny
  • Altres despeses financieras

Criterios de valoración

  • Reconocimiento internacional de los principios de la acción humanitaria.
  • Desarrollo en países receptores de ayuda del CAD de OCDE, PMA o poblaciones refugiadas de estos países afectadas por conflictos armados o desastres naturales.
  • Consideración a sectores sociales vulnerables como niños, adultos mayores, personas con diversidad funcional, etc.
  • Coordinación con otros actores locales y contribución a la capacidad administrativa del país receptor.
  • Superar o tener los 15 puntos en el bloc A (ONGD sol·licitant y soci local)
  • Superar o tener los 35 puntos en el bloc B (descripció del projecte)
  • Obtener una puntuación mínima de 70 punts
  • Criteris d'eficiència, economia y prevenció de riscs laborals para la elección entre ofertes presentadas.

Documentación a presentar

  • Formulario del proyecto
  • Matriz de planificación
  • Presupuesto
  • Pla d'igualtat
  • Estratègia de gènere
  • Document estratègic d’acció humanitària de la entidad y soci local
  • Línea de base, cartas de suport de instituciones e informe de expatriat.
  • Declaracions responsables
  • Formulari del projecte, matriu de planificació i pressupost
  • Documentació relacionada con el soci local (estatuts, certificados, etc.)
  • Certificado de la Tresoreria General de la Seguretat Social y de l’Agència Estatal de l’Administració Tributària
  • Document acreditatiu d’estar al corrent en el complement de les obligacions comptables amb el protectorat (en caso de fundaciones)
  • Informe signat per la persona que representa l’entitat legalment sobre desplaçament de personal expatriat
  • Declaració responsable relativa a la veracitat de les dades bancàries
  • Contracte laboral
  • Document d'identitat dels treballadors
  • Informe tècnic complet i detallat del projecte executat
  • Justificació econòmica mitjançant compte justificatiu o informe d’auditoria
  • Balanç final del projecte aprovat

Condiciones económicas

El importe máximo previsto se puede ampliar mediante una resolución modificativa sin afectar el plazo de presentación o la tramitación de solicitudes no resueltas.; El importe máximo de la subvención es de 70.000 €, sin perjudicio de los factores de corrección que se puedan aplicar.; El personal expatriado no puede exceder el 40% de la subvención solicitada. El personal en la seú es limita al 3% del presupuesto aprobado.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones benéficas y no gubernamentales que trabajan en ayuda humanitaria
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 70.000 €. El importe máximo previsto se puede ampliar mediante una resolución modificativa sin afectar el plazo de presentación o la tramitación de solicitudes no resueltas.; El importe máximo de la subvención es de 70.000 €, sin perjudicio de los factores de corrección que se puedan aplicar.; El personal expatriado no puede exceder el 40% de la subvención solicitada. El personal en la seú es limita al 3% del presupuesto aprobado.. Presupuesto total: 650.000 €

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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