Subvenciones para entidades del tercer sector en Illes Balears
Qué financia
Financiación de inversiones en centros y mejoras de servicios sociales
A quién va dirigida
Organizaciones sin ánimo de lucro que prestan servicios sociales o educativos en Illes Balears
Requisitos
- Ser entidad privada sin ánimo de lucro del tercer sector de acción social
- Dirigirse a colectivos con necesidad de atención prioritaria
- Ser entidad privada sin ánimo de lucro con al menos dos años de antelación a la fecha de publicación.
- Estar inscrita en el Registro Unificado de Servicios Sociales de las Illes Balears y en el Censo de entidades del Tercer Sector.
- Disponer de sede o delegación permanente y activa en las Islas Baleares.
- Incluir en su objeto social la inclusión social al ámbito territorial de las Illes Balears.
- Acreditar experiencia mínima de dos años en programas de inclusión social.
- Cumplir con normativa de servicios sociales
- Aplicar principios de contratación pública
- Presentar documentación completa
Gastos subvencionables
- Adquisición, construcción, reforma y rehabilitación
- Ampliación o mejora de los servicios actuales en terrenos o edificios destinados a servicios de inclusión social
- Adquisición de solares o terrenos para la construcción, y la construcción de nuevos centros.
- Construcción de nuevos centros en solares o terrenos propios.
- Realización de obras para la finalización de obras inacabadas.
- Reforma y/o rehabilitación, adaptación y/o ampliación de centros propios.
- Adquisición de equipamientos para estos servicios.
- Gastos de inversión en construcción, reforma y rehabilitación de centros para servicios de inclusión social
- Adquisición de solares o terrenos
- Adquisición de inmuebles
- Trabajos técnicos vinculados a proyectos aprobados
- Licencias y gastos fiscales
- Gastos financieros pendientes de abono
- Justificación mediante informe de auditoría
Criterios de valoración
- Criterios establecidos en el punto 12 de esta convocatoria.
Documentación a presentar
- Solicitud firmada por representante legal
- Proyecto técnico detallado
- Documentación acreditativa de obligaciones tributarias y sociales
- Declaración responsable de datos bancarios
- Certificado de dirección de sede o delegación permanente
- Declaración respecto al IVA
- Experiencia previa en servicios de inclusión social
- Documentos acreditativos de titularidad del edificio o terreno
- Fotografías del terreno, solar o inmueble
- Proyecto de ejecución detallado
- Presupuesto ajustado a precios de mercado
- Informe de supervisión normativa técnica y urbanística
- Informe de auditoría de cuentas anuales
Condiciones económicas
El gasto máximo se distribuirá anualmente desde 2027 a 2035, con anticipos posibles hasta el 100% para entidades del tercer sector social.; El presupuesto está distribuido por años y islas. Se permite ampliar el importe inicial mediante resolución de modificación.; La entidad beneficiaria puede solicitar autorización de modificación del proyecto si hay incidencias graves, siempre que no altere sustancialmente la naturaleza o finalidad de la subvención. Se debe aplicar el principio de contratación pública y solicitar tres presupuestos cuando sea necesario.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.