Acciones formativas sector construcción 2026 (modalidad 2)
Qué financia
Financiamiento para programas formativos en el sector de la construcción
A quién va dirigida
Empresas grandes, pymes, particulares con actividad económica y entidades jurídicas sin desarrollo económico
Requisitos
- Ser entidad de formación pública o privada inscrita o acreditada en los registros correspondientes
- Tener presencia física en el ámbito territorial de la Región de Murcia
- Cumplir con las obligaciones establecidas en la Ley 38/2003 y la Ley 7/2005
- Ser personas trabajadoras inscritas como demandantes de empleo o como personas trabajadoras agrarias en las Oficinas de empleo de la Región de Murcia
- La participación de las personas trabajadoras desempleadas deberá ser, al menos, del 70 por ciento del total de alumnos que inicien cada acción formativa
- Podrán participar trabajadores ocupados hasta un máximo del 30 por ciento respecto del total de alumnos que inicien cada acción formativa
Gastos subvencionables
- Indicados en el artículo 13 de la Orden TMS/368/2019
Criterios de valoración
- Trayectoria de la entidad en la impartición de acciones de formación profesional
- Grado de cumplimiento en la ejecución de acciones de formación profesional
- Tasa de inserción laboral por entidad
Documentación a presentar
- Certificado del anexo II para obtener puntuación por el criterio de valoración 1
- Declaración responsable del procedimiento 3192-Acreitación e Inscripción de las Entidades de Formación
- Petición de haberlo solicitado previamente a través del procedimiento 3192-Acreditación e Inscripción de las Entidades de Formación
Condiciones económicas
El gasto subvencionable se determina según el artículo 13 de la Orden TMS/368/2019, con un prorrateo entre beneficiarios si supera el importe global máximo.; El número de plazas por acción formativa en la modalidad presencial no podrá ser inferior a 10 ni superior a 15 participantes. La subvención se determina según los módulos económicos específicos establecidos y el crédito presupuestario disponible.; Anticipos hasta el 60% del importe concedido; pagos restantes en un plazo máximo de tres meses desde la presentación de documentación requerida o seis meses desde la justificación final.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.