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Ayuda económica para actividades y funcionamiento de centros asociativos en Cantabria

AUTONOMICA · CANTABRIA · CONSEJERÍA PRESIDENCIA, JUSTICIA, SEGURIDAD Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Denominación oficial (BDNS): Actividades y funcionamiento de centros de otras ccaa. casa de ávila en cantabria
Resumen: Es una ayuda económica que financía el funcionamiento de centros asociativos ubicados en Cantabria. Está dirigida a entidades sin ánimo de lucro.

Qué financia

Financia las actividades y funcionamiento de centros asociativos en Cantabria

A quién va dirigida

Centros asociativos que no desarrollan actividad económica propia

Requisitos

  • Reunir los requisitos para obtener la condición de beneficiaria
  • Acreditar no estar incursa en las prohibiciones previstas en el artículo 12 de la Ley 10/2006, de Subvenciones de Cantabria
  • Cumplir con sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
  • Justificar el proyecto subvencionado
  • Detallar actividades realizadas y resultados obtenidos
  • Acreditar obligaciones de publicidad del carácter público de la financiación

Gastos subvencionables

  • Gastos directos de preparación, desarrollo y ejecución de actividades subvencionadas
  • Gastos de arrendamiento del inmueble sede
  • Gastos corrientes indirectos (IBI, luz, agua, teléfono) con un límite máximo del 15% del total de la subvención

Documentación a presentar

  • Cuenta justificativa simplificada firmada por el Presidente/a de la Casa o Centro regional
  • Memoria de actuación justificativa con indicación de actividades realizadas y resultados obtenidos
  • Relación clasificada de gastos de actividades y funcionamiento
  • Declaración responsable sobre otros ayudas, ingresos, subvenciones o recursos solicitados o percibidos
  • Facturas justificativas
  • Relación de otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos que hayan financiado la actividad subvencionada

Condiciones económicas

El pago se realiza mediante anticipo del 100% de la cuantía de la subvención en la cuenta titular de la entidad beneficiaria, sin garantías o aval.; Las facturas deben cumplir con el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado Real Decreto 1619/2012. No podrán pagarse en efectivo operaciones superiores a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Centros asociativos que no desarrollan actividad económica propia
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 2.900 €. El pago se realiza mediante anticipo del 100% de la cuantía de la subvención en la cuenta titular de la entidad beneficiaria, sin garantías o aval.; Las facturas deben cumplir con el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado Real Decreto 1619/2012. No podrán pagarse en efectivo operaciones superiores a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera.. Presupuesto total: 2.900 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: SIN PLAZO DE SOLICITUD. Fin: SIN PLAZO DE SOLICITUD.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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