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Ayudas para adquisición de material escolar en Soutomaior

LOCAL · SOUTOMAIOR · AYUNTAMIENTO DE SOUTOMAIOR
Denominación oficial (BDNS): Bases ayudas adquisición material escolar del ayuntamiento de soutomaior, curso escolar 2026-2027
Resumen: Es una convocatoria competitiva del ayuntamiento de Soutomaior para ayudar a personas físicas sin actividad económica a comprar material escolar. Está dirigida al público educativo local.

Qué financia

Financia la compra de material escolar

A quién va dirigida

Personas físicas que no desarrollan actividad económica y necesitan ayuda para adquirir material escolar

Requisitos

  • Ser padre, madre o tutor legal del alumnado matriculado
  • Estar empadronada en Soutomaior durante el curso lectivo
  • Convivir con los alumnos para los que se solicitan las ayudas
  • Tener una renta per cápita familiar igual o inferior a ciertos montos según la composición de la unidad familiar
  • No tener subvenciones pendientes de justificación del ejercicio anterior
  • Someterse a actividades de control realizadas por el Ayuntamiento
  • Comunicar cualquier modificación en las circunstancias exigidas para la concesión de la ayuda
  • No estar incursos en ciertas circunstancias prohibidas
  • Estar al corriente en los deberes tributarios y frente a la Seguridad Social
  • Presentación detallada de los materiales adquiridos con unidades, características y precios
  • Acreditación del gasto realizado (factura pagada o solicitud de pago delegado)
  • Cumplimiento de las obligaciones tributarias y Seguridad Social

Gastos subvencionables

  • Material escolar necesario para realizar las actividades que se desarrollen o se promuevan en el centro docente, excluyendo libros de texto.
  • Adquisición de material escolar para alumnos matriculados en centros del ayuntamiento

Criterios de valoración

  • Situación económica: menor renta per cápita
  • Familia monoparental
  • Número de hijos: mayor número de hijos/as

Documentación a presentar

  • DNI de la persona solicitante
  • Autorización a la consulta de los datos del padrón
  • Libro de familia o partida de nacimiento de las personas de la unidad familiar
  • Título de familia numerosa, en su caso
  • Certificado de familia monoparental, en su caso
  • Certificado de discapacidad, en su caso
  • Justificante de la matrícula del alumnado
  • Declaración jurada de las ayudas solicitadas o recibidas por la misma finalidad
  • Acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de los deberes tributarios y con la Seguridad Social
  • Datos bancarios, IBAN, donde se pretenda recibir el importe de la ayuda
  • Copia de la declaración del impuesto de la renta de las personas físicas del año 2025
  • Sentencia judicial de separación o divorcio y/o el convenio regulador donde conste la custodia del causante
  • Informe de los servicios sociales o órgano equivalente del Ayuntamiento que acredite la situación familiar, en su caso
  • DNI del solicitante
  • Autorización a la consulta de datos del padrón municipal
  • Libro de familia o partida de nacimiento
  • Título de familia numerosa (si corresponde)
  • Certificado de familia monoparental (si corresponde)
  • Certificado de discapacidad (si corresponde)
  • Justificante de matrícula del alumnado
  • Declaración jurada de ayudas solicitadas o recibidas por la misma finalidad
  • Acreditación de cumplimiento tributario y Seguridad Social
  • Datos bancarios para recibir el importe (si no se opta por pago delegado)
  • Copia del impuesto de renta 2025 de personas físicas relacionadas
  • Sentencia judicial de separación o divorcio con custodia
  • Informe de servicios sociales sobre situación familiar
  • Solicitud de pago delegado firmada

Condiciones económicas

El importe de las ayudas por alumno/a no superará el 100% del gasto justificado ni los montos específicos indicados para cada ciclo educativo. Si se supera el crédito presupuestario, se aplican criterios de prioridad basados en la situación económica y otras circunstancias.; El pago puede ser directamente al proveedor por solicitud de pago delegado, con el requisito de presentar la factura emitida acompañada del DNI del solicitante y la solicitud firmada. Hay plazos para justificar el gasto y se pueden anular solicitudes no cumplidas.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Personas físicas que no desarrollan actividad económica y necesitan ayuda para adquirir material escolar
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
El importe de las ayudas por alumno/a no superará el 100% del gasto justificado ni los montos específicos indicados para cada ciclo educativo. Si se supera el crédito presupuestario, se aplican criterios de prioridad basados en la situación económica y otras circunstancias.; El pago puede ser directamente al proveedor por solicitud de pago delegado, con el requisito de presentar la factura emitida acompañada del DNI del solicitante y la solicitud firmada. Hay plazos para justificar el gasto y se pueden anular solicitudes no cumplidas.. Presupuesto total: 4.500 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA EN EL BOPPO. Fin: 10 DÍAS HÁBILES DESDE LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO EN BOPPO.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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