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Ayudas para proyectos sanitarios en Murcia

AUTONOMICA · REGIÓN DE MURCIA · S.M.S. - SERVICIO MURCIANO DE SALUD
Denominación oficial (BDNS): Resolución Gerente Servicio Murciano de Salud,por la que se convocan ayudas para proyectos que se ejecuten durante el 2026,a través de subvenciones a Fundaciones y Asociaciones de pacientes que desarrollen programas para personas con enfermedades crónicas
Resumen: Convocatoria competitiva por ayudas para programas de salud dirigidos a personas con enfermedades crónicas, financiados por Fundaciones y Asociaciones.

Qué financia

Financiar programas de atención sanitaria para pacientes con enfermedades crónicas

A quién va dirigida

Fundaciones y asociaciones que trabajen en salud y atiendan a personas con enfermedades crónicas en la región de Murcia

Requisitos

  • Ser Fundaciones y Asociaciones sin ánimo de lucro de pacientes o familiares de pacientes con domicilio social en la Región de Murcia.
  • No ser beneficiario de una subvención por 'concesión directa' del Servicio Murciano de Salud durante 2026 para los mismos proyectos.
  • Disponer de una estructura suficiente y experiencia operativa.
  • Presentar documentación acreditativa de la cualificación profesional de las personas que realizarán las actividades
  • El proyecto de formación es obligatorio
  • El proyecto debe estar enmarcado dentro de las líneas a subvencionar y contener todos los apartados requeridos.
  • La entidad beneficiaria debe cumplir con la legislación tributaria y social vigente.
  • Los proyectos deben ser adecuados a las prioridades sanitarias establecidas por la Consejería de Salud.

Gastos subvencionables

  • Gastos derivados de la contratación de profesionales y realización de actuaciones relacionadas con el desarrollo del Proyecto o de las Actividades que lo compongan.
  • Gastos de desplazamiento producidos en función de la ejecución del proyecto subvencionado, no superando el 2% del importe de la subvención a la Actividad.
  • Gastos de material no inventariable necesario para el desarrollo de las Actividades del Proyecto.
  • Gastos de desplazamiento
  • Gastos de material no inventariable necesario para el desarrollo de las Actividades del Proyecto
  • Gastos de la sede y administración de la Asociación o Entidad objeto de subvención
  • Gastos de reparación y mantenimiento de bienes inmuebles y otros bienes inventariables
  • En casos especiales, gastos en adquisición, construcción, ampliación y mejora de bienes inventariables
  • Gastos de asesoría jurídica o financiera
  • Gastos por asistencia a cursos u otras actividades de formación
  • Gastos de personal
  • Compras de bienes no inventariables, mantenimiento de inventariables
  • Gastos mediante subcontratación
  • Adquisición o amortización por depreciación bienes inventariables
  • Gastos de asesoría jurídica o financiera, y gastos de gestión y administración
  • Otros Gastos

Criterios de valoración

  • Formación, información, divulgación y sensibilización de la población sobre la enfermedad y sus problemas asociados.
  • Actividades sanitarias dirigidas a mejorar la asistencia y calidad de vida de los enfermos.
  • Ayuda a personas con trastornos de la conducta alimentaria.
  • Acompañamiento, actividades lúdicas, educativas o mediación para pacientes ingresados en centros hospitalarios.
  • Atención psicológica y emocional al enfermo y sus familiares.
  • Promoción de hábitos de vida saludables que incidan favorablemente en la evolución y pronóstico de la enfermedad.
  • Promoción de solidaridad, evitando discriminación de los enfermos y fomentando el reconocimiento de sus derechos jurídicos.
  • Cubrir necesidades sanitarias no cubiertas por el Sistema Sanitario Público.
  • Atención a pacientes en riesgo de exclusión social, con discapacidad o en estadio de enfermedad avanzada.
  • Interés y calidad del proyecto (30%)
  • Adecuación a las prioridades de la Consejería de Salud y al Plan de Salud de la Región de Murcia (25%)
  • Adecuación de la actividad para los objetivos propuestos en el proyecto (25%)
  • Población o ámbito territorial al que va dirigido el proyecto (20%)
  • Adecuación a prioridades sanitarias (25%)
  • Adequación de la actividad al objetivo propuesto en el proyecto (25%)

Documentación a presentar

  • Memoria descriptiva del Proyecto y Anexos que acompañan a esta convocatoria.
  • N.I.F. si es Comunidad de Bienes o Agrupaciones sin personalidad jurídica.
  • Certificado o documento acreditativo del registro.
  • Certificado bancario de titularidad de una cuenta con IBAN.
  • Declaración responsable del beneficiario para Comunidades de Bienes o Agrupaciones sin Personalidad Jurídica.
  • Modelo de adhesión al código de conducta en materia de subvenciones y ayudas públicas de la Región de Murcia.
  • Documentación acreditativa de la cualificación profesional de las personas que realizarán las actividades
  • Proyecto de formación
  • Anexos para la solicitud y justificación de la subvención
  • Modelo Declaración Responsable
  • Declaración de afectación del bien inventariable al desarrollo de la actividad subvencionada
  • Compromiso de adhesión al Código para beneficiarios de subvenciones/ayudas públicas
  • Justificación de la subvención (información relativa y complementaria a la memoria de actuación)
  • Desglose de los gastos imputados a la subvención

Condiciones económicas

El importe individualizado será determinado por una Comisión de Evaluación después de la valoración de los proyectos presentados.; La subvención está sujeta a cofinanciación del 25% por parte de los solicitantes. El pago se realiza en anticipado al concederse la subvención.; El importe máximo por actividad está limitado a un 75% del costo total. Las subvenciones se otorgan según el cumplimiento de los criterios establecidos, y pueden ser revisadas durante su ejecución.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Fundaciones y asociaciones que trabajen en salud y atiendan a personas con enfermedades crónicas en la región de Murcia
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 75% del coste subvencionable. Importe máximo por beneficiario: 204.750 €. El importe individualizado será determinado por una Comisión de Evaluación después de la valoración de los proyectos presentados.; La subvención está sujeta a cofinanciación del 25% por parte de los solicitantes. El pago se realiza en anticipado al concederse la subvención.; El importe máximo por actividad está limitado a un 75% del costo total. Las subvenciones se otorgan según el cumplimiento de los criterios establecidos, y pueden ser revisadas durante su ejecución.. Presupuesto total: 204.750 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BORM. Fin: diez días a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BORM.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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