Concesión de subvenciones para apoyar al movimiento asociativo y fundacional estatal
Qué financia
Financia la creación y desarrollo de asociaciones y fundaciones con fines sociales estatales
A quién va dirigida
Organizaciones no económicas sin ánimo de lucro, como ONGs o asociaciones dedicadas a servicios sociales
Requisitos
- Organizaciones sin fin de lucro
- Finalidad social vinculada al área de competencia del Instituto de las Mujeres
- Personalidad jurídica propia y capacidad de obrar
- Inscripción en el Registro Administrativo de entidades estatales
- 65% mínimo de mujeres socias/afiliadas, plantilla y Junta Directiva
- Cumplimiento de obligaciones tributarias y Seguridad Social
- No haber sido sancionado por pérdida de posibilidad de obtener subvenciones
- Presentar dos memorias explicativas
- Documentación legal de la entidad (constitución, estatutos, etc.)
- Certificación de cumplimiento tributario y Seguridad Social
- Declaración responsable de reintegro de subvenciones
- Impreso con los datos de la cuenta bancaria para el pago
- Tener presencia y actividad material en todas las comunidades autónomas, incluyendo Ceuta y Melilla
- Acreditar la presencia territorial mediante documentación como folletos, programas, facturas, etc.
- Demostrar suficiente participación de personas socias y voluntarias
Gastos subvencionables
- Alquiler de locales
- Gastos corrientes en bienes y servicios del local
- Obras de conservación y mantenimiento
- Pequeñas reparaciones no inventariables
- Suministros, material fungible de oficina y ofimática
- Correo y otros análogos
- Gastos derivados del personal en sedes
- Reuniones de órganos de gobierno
- Celebración y asistencia a reuniones relacionadas con actividades
- Difusión, edición de publicaciones periódicas y folletos divulgativos
- Información, orientación y asesoramiento dirigido a asociadas
- Formación del personal
- Asistencia y participación en organismos internacionales vinculados a la igualdad
- Retribuciones del personal laboral
- Honorarios profesionales en régimen de arrendamiento de servicios
- Dietas y gastos de viaje
- Gastos relacionados con la actividad subvencionada durante el período de ejecución contemplado
Criterios de valoración
- Finalidad social de la entidad
- Necesidad y justificación de las actividades
- Objetivos pretendidos por la entidad
- Documentación acreditativa adicional requerida para algunos criterios
- Especialización (máximo 35 puntos)
- Sectores vulnerables e interseccionalidad (máximo 25 puntos)
- Realización de actividades de difusión, formación y sensibilización (máximo 15 puntos)
- Proyectos innovadores para prácticas feministas (máximo 5 puntos)
- Pertenencia a organismos de interlocución estatal (máximo 15 puntos)
- Presencia internacional (máximo 5 puntos)
- Antigüedad (máximo 10 puntos)
- Volumen de presupuesto (máximo 8 puntos)
- Control financiero y calidad en la gestión (máximo 8 puntos)
- Estructura (máximo 8 puntos)
- Presencia territorial (máximo 8 puntos)
- Participación, voluntariado y afiliación (máximo 8 puntos)
- Presencia territorial (hasta 8 puntos)
- Afiliación (máximo 4 puntos)
- Participación y voluntariado (máximo 4 puntos)
Documentación a presentar
- Modelo de solicitud (Anexo I)
- Primera memoria explicativa (Anexo II)
- Segunda memoria explicativa (Anexo III)
- Documentación en derecho
- Número de identificación fiscal (NIF)
- Documento de constitución
- Estatutos y modificaciones legalizadas
- Inscripción en el Registro público correspondiente
- Certificación del órgano de gobierno y patronato
- Declaración responsable ante el órgano concedente
- Certificación administrativa de cumplimiento tributario y Seguridad Social
- Memoria explicativa de la justificación
- Documentación legal de la entidad
- Certificación tributaria y Seguridad Social
- Declaración responsable de reintegro de subvenciones
- Impreso con los datos de la cuenta bancaria
- Certificación administrativa de cumplimiento tributario
- Declaración responsable del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones
Condiciones económicas
La subvención se gradúa según la valoración obtenida, con una cuantía mínima de 6.000 €.; Los gastos corrientes están limitados por las retribuciones del personal laboral según el Convenio Colectivo estatal. Los honorarios profesionales y dietas tienen límites específicos.; La cuantía se determina según la puntuación obtenida en la valoración y el presupuesto disponible. La subvención es proporcional a la puntuación y inversamente proporcional al número de beneficiarios.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.