25% del coste1.500 €

Subvención para el programa universitario IV ciclo en la Universidad de Santiago de Compostela

LOCAL · LUGO · CONCELLO DE LUGO
Denominación oficial (BDNS): Subvención nominativa a la UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA para la financiación del programa universitario IV ciclo, Programa destacando en la ciencia. Año 2026.
Resumen: Es una subvención destinada a financiar un programa universitario que promueve la ciencia. Está dirigida a entidades sin ánimo de lucro relacionadas con servicios sociales.

Qué financia

Financiación del programa universitario IV ciclo, destacando en la ciencia

A quién va dirigida

Entidades sin ánimo de lucro que prestan servicios sociales

Requisitos

  • Cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 11 de la Ordenanza general municipal de subvenciones
  • No utilizar la imagen de la mujer como reclamo y evitar connotaciones sexuales o denigración de su imagen (según Acuerdo plenario número 9/124, de 29 de junio de 2016)
  • Publicar información relativa a las subvenciones y ayudas públicas concedidas conforme a la Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (para entidades que perciban cuando menos el 40% del total de sus ingresos anuales que tengan carácter de ayuda o subvención pública y alcancen como mínimo la cuantía de 5.000€)
  • Colaborar con el Ayuntamiento de Lugo en todo lo requerido para lograr los fines del convenio.
  • Cumplir con las obligaciones de difusión contenidas en la Ley general de subvenciones.
  • Realizar el proyecto según las especificaciones
  • Lucir el logotipo del Ayuntamiento de Lugo en sus actividades
  • Incorporar la lengua gallega en comunicaciones
  • Cumplir con las obligaciones establecidas en la Ley general de subvenciones

Gastos subvencionables

  • Nóminas
  • Seguridad Social
  • Desplazamientos acreditados mediante factura
  • Alojamientos
  • Mantenimiento
  • Material cultural/deportivo no inventariable
  • Gastos de publicidad
  • Gastos de suministro y cualquier otro gasto relacionado con el objeto estricto de la subvención
  • Seguridad Social (a cargo de la empresa y el trabajador)
  • Materiales culturales/deportivos no inventariables
  • Gastos de suministro
  • Otros gastos relacionados con el objeto estricto de la subvención.
  • Seguridad social
  • Manutención

Documentación a presentar

  • Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Lugo y cada entidad beneficiaria
  • Anexos comunes (anexo I, II, III, IV, V, VI)
  • Memoria explicativa y detallada del proyecto, con relación de gastos e ingresos.
  • Facturas y documentos de valor probatorio acreditando los pagos realizados.
  • Certificaciones de cumplimiento tributario y Seguridad Social.
  • Declaración responsable acreditativa de subvenciones recibidas y justificación de la actividad.
  • Memoria explicativa y detallada del proyecto
  • Facturas y documentos de valor probatorio
  • Resguardo bancario o extracto de cuenta corriente sellado por la entidad financiera
  • Copia del cheque emitido a nombre del proveedor
  • Recibo donde conste el término 'recibí en efectivo'
  • Certificado acreditativo del pago con tarjeta
  • Certificado bancario para gastos en moneda extranjera

Condiciones económicas

La subvención se otorga directamente según lo previsto en la Ordenanza general municipal de subvenciones. Los gastos subvencionables deben ser estrictamente necesarios para la consecución del objetivo y no pueden superar el valor del mercado.; El pago anticipado es del 80% al firmar el convenio, con un plazo de ejecución dentro del año natural y una justificación máxima del 90% del coste total de la actividad.; El Ayuntamiento aporta 2.500 € y la entidad beneficiaria debe justificar gastos totales que no superen el 90% del coste de la actividad.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Entidades sin ánimo de lucro que prestan servicios sociales
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 25% del coste subvencionable. Importe máximo por beneficiario: 10.000 €. La subvención se otorga directamente según lo previsto en la Ordenanza general municipal de subvenciones. Los gastos subvencionables deben ser estrictamente necesarios para la consecución del objetivo y no pueden superar el valor del mercado.; El pago anticipado es del 80% al firmar el convenio, con un plazo de ejecución dentro del año natural y una justificación máxima del 90% del coste total de la actividad.; El Ayuntamiento aporta 2.500 € y la entidad beneficiaria debe justificar gastos totales que no superen el 90% del coste de la actividad.. Presupuesto total: 1.500 €

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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