Convenio cultural entre Torre-Pacheco y la Comisión de Fiestas del Jimenado
Qué financia
Financia actividades culturales organizadas por la Comisión de Fiestas del Jimenado
A quién va dirigida
Asociaciones y entidades culturales sin fines de lucro en Torre-Pacheco
Requisitos
- Estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
- Tener residencia fiscal en territorio español
- No ser deudor por resolución de reintegro
- Justificar gastos con facturas o documentos asimilados
- Costes indirectos imputables a la actividad subvencionada según principios contables
- Comprobar que el coste de los gastos no supera el valor del mercado
- No incluir intereses, recargos, sanciones administrativas ni impuestos personales sobre la renta
- Facturas deben estar relacionadas con los proyectos del convenio
- Facturas deben estar datadas durante el período de vigencia del Convenio
- Facturas pueden ser fotocopias sin estampilla, según anexo I
- Facturas completas u ordinarias y simplificadas admitidas
- Facturas con retención IRPF deben incluir documentos-modelos de retención efectuada y justificantes de pago
Gastos subvencionables
- Material de publicidad, fotografía, redes sociales
- Alquileres de equipos de sonido e iluminación, mobiliario
- Gastos florales
- Adquisición de material diverso y productos alimentarios
- Catering, comidas, cenas
- Contratación de eventos musicales, conciertos, bandas de música
- Gastos protocolarios
- Material de papelería, joyería, floristería
- Dirección, organización, ponencias o exposiciones
- Adquisición y alquiler de vestuario
- Contratación de actuaciones musicales
- Seguridad y vigilancia
- Personal y seguridad social, asesoría
- Seguro de Responsabilidad Civil y Accidentes
- Prevención, seguridad y contención de la COVID-19
- Asesoría jurídica o financiera, gastos notariales y registrales, periciales
- Desplazamiento, alojamiento y manutención para actividades de difusión
- Gastos financieros (comisiones bancarias)
- Tributos pagados efectivamente
- Gastos necesarios para el desarrollo de las actividades subvencionadas
- Costes indirectos imputables a la actividad subvencionada según principios contables
- Gastos relacionados con alquileres de bienes inmuebles o naturaleza urbana
- Servicios profesionales sujetos a retención IRPF
- Pagos en efectivo limitados a 1.000 €
- Otros gastos subvencionables justificados por documentos específicos
Documentación a presentar
- Facturas o documentos asimilados de validez jurídica
- Anexos I, II, III y/o IV indicados en el texto
- Nómina o documento asimilado con justificante de pago
- Documento de liquidación de gastos Seguridad Social a cargo de la empresa (RLC)
- Relación Nominal de Trabajadores_RNT
- Desglose de conceptos de la nómina
- Modelos 190 y 111 correspondientes a los trimestres en los que han sido imputados gastos de personal
- Facturas completas u ordinarias y simplificadas
- Documentos-modelos de retención efectuada (115 trimestrales, 180 anuales)
- Justificantes de pago (extractos bancarios, cheques, declaración de cobro en efectivo)
- Extractos o certificaciones bancarias para pagos en efectivo
- Documentación explicativa de pagos avanzados por tarjeta personal
Condiciones económicas
El importe máximo es fijo a 6.800 € sin porcentaje de intensidad expresado. No hay tope específico para gastos subvencionables.; Pago anticipado al 100% sin garantía requerida; justificación detallada en el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Torre-Pacheco.; Facturas simplificadas admitidas; retención IRPF en alquileres y servicios profesionales; pagos en efectivo limitados a 1.000 €; justificación de gastos con documentos específicos.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.