Convenio de atención psicológica, social y educativa familiar en Aragón
Qué financia
Financia la prestación de atención psicológica, social y educativa familiar
A quién va dirigida
Organizaciones no económicas que brindan servicios sociales
Requisitos
- Facilitar el inmueble para la ubicación del servicio
- Prestar servicios de atención psicológica, social y educativa familiar por profesionales calificados
- Cumplimentar y remitir registros de información al Instituto Aragonés de la Mujer
- Publicidad de las actuaciones con el logotipo del Instituto Aragonés de la Mujer y otros entidades financiadoras
- Cumplir con la legislación medioambiental, de transparencia y otros requisitos normativos
- Aprobar modificaciones del Plan de Racionalización del gasto corriente
- Estar al día en el pago de tributos y deudas con la comunidad autónoma
- Rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón
- Presentar planes económico-financieros si hay desequilibrios o deudas
- Seguimiento y registro de mujeres víctimas de violencia
- Número de mujeres atendidas (mayores y menores)
- Tipo de violencia sufrida por las mujeres
- Justificación de gastos imputados
Gastos subvencionables
- Contratación de servicios por importe superior a 5.000 € (considerados gastos menores)
- Nóminas y gastos de seguridad social
- Gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento (con límites máximos)
- Recibos de gastos necesarios para el funcionamiento o desarrollo del objeto del convenio
- Gastos realizados para la ejecución del Convenio
- Horas dedicadas al objeto e imputación de costes del Convenio en relación con el personal profesional
Documentación a presentar
- Certificación expedida por el Secretario/a-Interventor/a
- Índice numerado de los documentos justificativos imputables a la subvención
- Recibos y liquidaciones de gastos elegibles
- Certificación de gastos
- Informe estimativo de justificación de gastos
- Facturas y recibos por dietas, desplazamiento y alojamiento
- Contratos de arrendamiento de servicios y recibos de cantidades devengadas
Condiciones económicas
La subvención es concedida directamente, con carácter excepcional, en base a razones de interés público. No se especifica un importe máximo simple ni una intensidad específica.; El gasto subvencionable se limita a un 80% del importe total, con posibilidad de reducción si se perciben otras ayudas públicas que superen el 80%. Los contratos por encima de 5.000 € requieren consulta previa o licitación pública.; Los gastos imputados deben estar justificados y cumplir con la finalidad del Convenio. No se considerarán subvencionables los gastos de personal, dietas, desplazamiento y alojamiento que excedan a los máximos establecidos en la normativa vigente.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.