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Convenio de atención psicológica, social y educativa familiar en Aragón

AUTONOMICA · ARAGÓN · INSTITUTO ARAGONÉS DE LA MUJER (IAM)
Denominación oficial (BDNS): Convenio de colaboración entre el instituto aragonés de la mujer y la comarca campo de borja para la prestación del servicio de atención psicológica, social y educativa familiar
Resumen: Es un convenio entre el Instituto Aragonés de la Mujer y la Comarca Campo de Borja para ofrecer servicios sociales a personas jurídicas sin actividad económica. Está dirigido a entidades que prestan atención social.

Qué financia

Financia la prestación de servicios psicológicos, sociales y educativos familiares

A quién va dirigida

Entidades sin ánimo de lucro o ONGs que brindan atención social en Aragón

Requisitos

  • Facilitar el inmueble y los recursos necesarios para la prestación del servicio
  • Prestar servicios de atención psicológica, social y educativa familiar por profesionales cualificados
  • Cumplimentar y remitir registros e informes periódicos al Instituto Aragonés de la Mujer
  • Publicitar las actuaciones con la colaboración del Instituto Aragonés de la Mujer
  • Nombrar una persona responsable de la organización y coordinación de las actuaciones
  • Cumplimentar un formulario en la dirección https://www.aragon.es/imagen-corporativa
  • Enviar una prueba por correo electrónico a comisióndecomunicacion@aragon.es para verificar el Manual de Identidad Visual Corporativa del Gobierno de Aragón
  • Trasladar la solicitud y materiales al Gabinete del Departamento de Presidencia, Justicia y Cultura a través de vicepresidencia@aragon.es
  • Conservar toda la documentación e información relativa a las actuaciones subvencionadas durante cuatro años
  • Ser mujer víctima de violencia de género o cualquier tipo de violencia por género
  • Cuentar con medida cautelar o sentencia condenatoria a su favor (opcional)
  • Tener hijos e hijas que hayan sido afectados por la violencia

Gastos subvencionables

  • Contratación de servicios por importe superior a 5.000 € IVA excluido (considerados menores en términos de contratación pública)
  • Nóminas y gastos de seguridad social
  • Recibos de gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento con límites máximos establecidos
  • Gastos fijos o periódicos comprometidos en firme
  • Atención psicológica, social y educativa familiar
  • Gastos imputables realizados y pagados para la ejecución del Convenio de Colaboración
  • Horas dedicadas al objeto e imputación de costes del Convenio en relación con el personal profesional

Criterios de valoración

  • Justificación precisa para el pago de la aportación del Organismo Autónomo prevista en la cláusula cuarta, mediante presentación de documentos justificativos
  • Evaluación, seguimiento y control financiero por los órganos competentes
  • Cada mujer atendida se contabiliza solamente una vez y solamente en un tipo de violencia-la violencia principal por la que haya sido atendida-
  • La suma debe coincidir con las cifras especificadas para mujeres mayores o menores de 18 años

Documentación a presentar

  • Certificación expedida como Anexo II por el Secretario/a-Interventor/a de la entidad
  • Índice numerado de los documentos justificativos imputables a la subvención, incluyendo relación de contratos realizados para la prestación del servicio
  • Certificación de gastos realizados y pagados
  • Informe estimativo de justificación de gastos
  • Horas dedicadas al objeto e imputación de costes del Convenio en relación con el personal profesional
  • Documentos referidos a la subvención que se han correspondido al período elegible

Condiciones económicas

La subvención es directa, posiblemente cofinanciada y su importe está condicionado a la disponibilidad presupuestaria. Los gastos superiores a 5.000 € IVA excluido se consideran menores en términos de contratación pública.; El gasto debe estar justificado y no puede superar el 80% del importe de funcionamiento total, incluso con otras subvenciones.; El texto no especifica una intensidad de ayuda en porcentaje ni un importe máximo simple. Se mencionan gastos subvencionables, pero no se detallan las cantidades exactas.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Entidades sin ánimo de lucro o ONGs que brindan atención social en Aragón
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 80% del coste subvencionable. Importe máximo por beneficiario: 13.651 €. La subvención es directa, posiblemente cofinanciada y su importe está condicionado a la disponibilidad presupuestaria. Los gastos superiores a 5.000 € IVA excluido se consideran menores en términos de contratación pública.; El gasto debe estar justificado y no puede superar el 80% del importe de funcionamiento total, incluso con otras subvenciones.; El texto no especifica una intensidad de ayuda en porcentaje ni un importe máximo simple. Se mencionan gastos subvencionables, pero no se detallan las cantidades exactas.. Presupuesto total: 13.651 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/01/2026. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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