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Convenio de Colaboración entre Ayuntamiento de Villena y Federación Junta Central de Fiestas de Moros y Cristianos

LOCAL · VILLENA · AYUNTAMIENTO DE VILLENA
Denominación oficial (BDNS): Resolución de Alcaldía de 14 de agosto de 2026 por la que se aprueba el Convenio de Colaboración con la FEDERACIÓN JUNTA CENTRAL DE FIESTAS DE MOROS Y CRISTIANOS, Anualidad 2026
Resumen: Es un convenio que establece una colaboración económica entre el ayuntamiento de Villena y la federación de fiestas, destinado a beneficiar organizaciones empresariales, profesionales y patronales.

Qué financia

Financia actividades relacionadas con la organización de eventos y festividades

A quién va dirigida

Organizaciones empresariales, profesionales y patronales que trabajan en el ámbito de las fiestas y celebraciones

Requisitos

  • Fotocopia del D.N.I. del representante y certificado de su representación
  • Declaración de la representante de que no está incursa en situaciones prohibidas por ley
  • Certificados de cumplimiento tributario y con Seguridad Social
  • Facturas originales detalladas según el artículo 6 del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación
  • Justificantes de pago
  • Declaración de los ingresos obtenidos y gastos referentes a las facturas presentadas
  • Memoria explicativa de la realización del proyecto o actividades subvencionadas
  • Certificado de Hacienda y Seguridad Social
  • Documentación acreditativa del cumplimiento de la obligación de publicidad
  • Cuenta de explotación debidamente diligenciada
  • Declaración responsable sobre la naturaleza del Impuesto sobre el Valor Añadido

Gastos subvencionables

  • Gastos derivados de las actividades organizadas por la Junta Central de Fiestas de Moros y Cristianos durante el año 2026
  • Gastos exclusivos de alojamiento y restauración (hasta un importe máximo de 1.000 euros)

Documentación a presentar

  • Fotocopia del D.N.I. del representante
  • Declaración jurada del representante
  • Certificados de cumplimiento tributario y con Seguridad Social
  • Memoria de actividades 2026
  • Facturas originales detalladas
  • Justificantes de pago
  • Declaración de los ingresos obtenidos y gastos referentes a las facturas presentadas
  • Memoria explicativa de la realización del proyecto o actividades subvencionadas
  • Certificado de Hacienda y Seguridad Social
  • Documentación acreditativa del cumplimiento de la obligación de publicidad
  • Cuenta de explotación debidamente diligenciada
  • Declaración responsable sobre la naturaleza del Impuesto sobre el Valor Añadido

Condiciones económicas

Anticipo inicial del 70%; pago restante al justificar gastos; no hay tope máximo de subvención por actividad específica.; El importe máximo de subvención es de 1.000 euros para gastos de alojamiento y restauración, siempre que se identifiquen a los beneficiarios y se acompañe una nota explicativa.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones empresariales, profesionales y patronales que trabajan en el ámbito de las fiestas y celebraciones
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 70.000 €. Anticipo inicial del 70%; pago restante al justificar gastos; no hay tope máximo de subvención por actividad específica.; El importe máximo de subvención es de 1.000 euros para gastos de alojamiento y restauración, siempre que se identifiquen a los beneficiarios y se acompañe una nota explicativa.. Presupuesto total: 70.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Sin plazo de solicitud. Fin: Sin plazo de solicitud.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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