Convenio de Colaboración entre Ayuntamiento de Villena y Federación Junta Central de Fiestas de Moros y Cristianos
LOCAL · VILLENA · AYUNTAMIENTO DE VILLENA
Denominación oficial (BDNS): Resolución de Alcaldía de 14 de agosto de 2026 por la que se aprueba el Convenio de Colaboración con la FEDERACIÓN JUNTA CENTRAL DE FIESTAS DE MOROS Y CRISTIANOS, Anualidad 2026
Resumen: Es un convenio que establece una colaboración económica entre el ayuntamiento de Villena y la federación de fiestas, destinado a beneficiar organizaciones empresariales, profesionales y patronales.
Qué financia
Financia actividades relacionadas con la organización de eventos y festividades
A quién va dirigida
Organizaciones empresariales, profesionales y patronales que trabajan en el ámbito de las fiestas y celebraciones
Requisitos
Fotocopia del D.N.I. del representante y certificado de su representación
Declaración de la representante de que no está incursa en situaciones prohibidas por ley
Certificados de cumplimiento tributario y con Seguridad Social
Facturas originales detalladas según el artículo 6 del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación
Justificantes de pago
Declaración de los ingresos obtenidos y gastos referentes a las facturas presentadas
Memoria explicativa de la realización del proyecto o actividades subvencionadas
Certificado de Hacienda y Seguridad Social
Documentación acreditativa del cumplimiento de la obligación de publicidad
Cuenta de explotación debidamente diligenciada
Declaración responsable sobre la naturaleza del Impuesto sobre el Valor Añadido
Gastos subvencionables
Gastos derivados de las actividades organizadas por la Junta Central de Fiestas de Moros y Cristianos durante el año 2026
Gastos exclusivos de alojamiento y restauración (hasta un importe máximo de 1.000 euros)
Documentación a presentar
Fotocopia del D.N.I. del representante
Declaración jurada del representante
Certificados de cumplimiento tributario y con Seguridad Social
Memoria de actividades 2026
Facturas originales detalladas
Justificantes de pago
Declaración de los ingresos obtenidos y gastos referentes a las facturas presentadas
Memoria explicativa de la realización del proyecto o actividades subvencionadas
Certificado de Hacienda y Seguridad Social
Documentación acreditativa del cumplimiento de la obligación de publicidad
Cuenta de explotación debidamente diligenciada
Declaración responsable sobre la naturaleza del Impuesto sobre el Valor Añadido
Condiciones económicas
Anticipo inicial del 70%; pago restante al justificar gastos; no hay tope máximo de subvención por actividad específica.; El importe máximo de subvención es de 1.000 euros para gastos de alojamiento y restauración, siempre que se identifiquen a los beneficiarios y se acompañe una nota explicativa.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones empresariales, profesionales y patronales que trabajan en el ámbito de las fiestas y celebraciones
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 70.000 €. Anticipo inicial del 70%; pago restante al justificar gastos; no hay tope máximo de subvención por actividad específica.; El importe máximo de subvención es de 1.000 euros para gastos de alojamiento y restauración, siempre que se identifiquen a los beneficiarios y se acompañe una nota explicativa.. Presupuesto total: 70.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Sin plazo de solicitud. Fin: Sin plazo de solicitud.
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