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Convenio de colaboración para atención psicológica, social y educativa familiar

AUTONOMICA · ARAGÓN · INSTITUTO ARAGONÉS DE LA MUJER (IAM)
Denominación oficial (BDNS): Convenio de colaboración entre el instituto aragonés de la mujer y la comarca del alto gállego para la prestación del servicio de atención psicológica, social y educativa familiar
Resumen: Es un convenio entre el Instituto Aragonés de la Mujer y la Comarca del Alto Gállego que proporciona servicios sociales a personas jurídicas sin actividad económica.

Qué financia

Financia la prestación de servicios psicológicos, sociales y educativos familiares

A quién va dirigida

Organizaciones no económicas en Aragón

Requisitos

  • Facilitar el inmueble para la ubicación del servicio
  • Prestar servicios de atención psicológica, social y educativa familiar por profesionales calificados
  • Cumplimentar y remitir registros de información al Instituto Aragonés de la Mujer
  • Publicidad adecuada en actividades realizadas
  • Nombrar una persona responsable de la organización y coordinación de las actuaciones
  • Facilitar asistencia a reuniones periódicas de profesionales
  • Conservar documentación e información durante cuatro años
  • Cumplir con la legislación medioambiental, de transparencia y otros aspectos normativos
  • Aprobar modificaciones del Plan de Racionalización del gasto corriente
  • Presentar planes económico-financieros si hay desequilibrios o deudas con proveedores
  • Rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón
  • Comunicarse al Instituto Aragonés de la Mujer sobre percepción de otras subvenciones
  • Presentar justificación económica
  • Certificar gastos imputados realizados y pagados para la ejecución del convenio
  • Informar sobre las horas dedicadas al objeto e imputación de costes del Convenio en relación con el personal profesional
  • No recibir otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que superen el coste total de la actividad

Gastos subvencionables

  • Contratación de servicios por importe superior a 5.000 € (considerados gastos menores)
  • Nóminas y gastos de seguridad social
  • Gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento con límites máximos establecidos
  • Recibos de gastos necesarios para el funcionamiento o desarrollo del objeto del convenio
  • Gastos realizados y pagados para la ejecución del convenio
  • Costes imputables estimados no justificados a fecha actual pero previstos para abonar hasta el 31 de diciembre de 2026

Criterios de valoración

  • Justificación precisa mediante documentos justificativos de los gastos derivados desde enero a diciembre de 2026
  • Cuantía exacta afectada por la subvención si se imputa parcialmente

Documentación a presentar

  • Certificación expedida como Anexo II por el Secretario/Interventor/a de la entidad
  • Índice numerado de los documentos justificativos imputables a la subvención, incluyendo contratos realizados para la prestación del servicio
  • Certificación de gastos (hasta el 31 de diciembre de 2026)
  • Informe estimativo de justificación de gastos para la prestación del servicio
  • Anexos con información detallada sobre los gastos y su distribución

Condiciones económicas

La subvención es excepcional y no tiene un importe máximo específico mencionado. Se regula según la normativa existente de subvenciones públicas.; El gasto debe estar relacionado directamente con la prestación del servicio de atención psicológica, social y educativa. Los contratos por encima de 5.000 € requieren consulta previa a al menos tres empresas o licitación pública.; Los gastos imputados deben estar justificados y cumplir con la finalidad del convenio. Se requiere presentar certificaciones de gastos y un informe estimativo hasta el 31 de diciembre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones no económicas en Aragón
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 80% del coste subvencionable. La subvención es excepcional y no tiene un importe máximo específico mencionado. Se regula según la normativa existente de subvenciones públicas.; El gasto debe estar relacionado directamente con la prestación del servicio de atención psicológica, social y educativa. Los contratos por encima de 5.000 € requieren consulta previa a al menos tres empresas o licitación pública.; Los gastos imputados deben estar justificados y cumplir con la finalidad del convenio. Se requiere presentar certificaciones de gastos y un informe estimativo hasta el 31 de diciembre de 2026.. Presupuesto total: 64.564 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/01/2026. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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