Convenio de colaboración para atención psicológica, social y educativa familiar
Qué financia
Financia la prestación de servicios psicológicos, sociales y educativos familiares
A quién va dirigida
Entidades sin ánimo de lucro que trabajan en atención social y familiar
Requisitos
- Facilitar el inmueble adecuadamente equipado para el servicio
- Prestar servicios de atención psicológica, social y educativa familiar por profesionales calificados
- Cumplimentar y remitir registros e informes al Instituto Aragonés de la Mujer
- Publicidad de las actuaciones con la colaboración del Instituto Aragonés de la Mujer
- Nombrar una persona responsable de la organización y coordinación de las actuaciones
- Facilitar asistencia a reuniones periódicas de profesionales
- Conservar documentación e información durante cuatro años
- Cumplir con la legislación medioambiental, de transparencia, igualdad entre hombres y mujeres, derechos de las personas LGTBI, etc.
- Aprobar modificaciones del Plan de Racionalización del gasto corriente.
- Estar al día en obligaciones de rendición de cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón.
- Atención a mujeres víctimas de violencia de género según la Ley Orgánica 1/2004 y la Ley 4/2007
- Justificación económica detallada con certificados de gastos y horas dedicadas al personal profesional
- Cumplimiento de normativa aplicable en materia de contratación
Gastos subvencionables
- Contratación de servicios por importe superior a 5.000 € (considerados gastos menores)
- Nóminas y gastos de seguridad social
- Recibos de gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento
- Gastos imputados realizados y pagados para la ejecución del Convenio
- Horas dedicadas a la actividad subvencionada por el personal profesional
- Costes asociados al tratamiento de datos personales según RGPD
Criterios de valoración
- Categorización de violencia sufrida (género, doméstica, sexual, matrimonio forzado, mutilación genital, trata o explotación sexual)
- Número de mujeres atendidas víctimas de violencia
- Número de hijos e hijas atendidos de víctimas de violencia
Documentación a presentar
- Certificación expedida por el Secretario/Interventor/a de la entidad.
- Índice numerado de los documentos justificativos imputables a la subvención.
- Certificación de gastos y horas dedicadas al personal profesional
- Justificación económica detallada con certificados de gastos
- Acuerdo de encargo de tratamiento de datos personales
- Cumplimiento de normativa aplicable en materia de contratación
Condiciones económicas
El servicio se prestará al menos 3,45 horas por semana para la atención psicológica y 3,70 horas por semana para la atención social y educativa. Los servicios deben cumplir con los requisitos establecidos en las leyes de protección integral contra la violencia de género.; El pago se realizará previa justificación, con un límite máximo para ciertos gastos (desplazamiento, manutención y alojamiento).; Los gastos deben cumplir con la normativa vigente para indemnizaciones por servicio al personal, y se requieren justificaciones detalladas. Se solicitan tres ofertas de proveedores cuando el importe supere ciertos límites.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.