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Convenio de colaboración para atención psicológica, social y educativa familiar

AUTONOMICA · ARAGÓN · INSTITUTO ARAGONÉS DE LA MUJER (IAM)
Denominación oficial (BDNS): Convenio de colaboración entre el instituto aragonés de la mujer y la comarca comunidad de calatayud para la prestación del servicio de atención psicológica, social y educativa familiar
Resumen: Es un convenio entre el Instituto Aragonés de la Mujer y la Comarca de Calatayud que ofrece servicios sociales a personas jurídicas sin actividad económica.

Qué financia

Financia la prestación de servicios psicológicos, sociales y educativos familiares

A quién va dirigida

Organizaciones sin fines económicos en Aragón

Requisitos

  • Facilitar el inmueble y los recursos necesarios para el servicio
  • Prestar servicios de atención psicológica, social y educativa familiar
  • Cumplimentar y remitir registros e informes periódicos al Instituto Aragonés de la Mujer
  • Publicidad adecuada de las actuaciones con la colaboración del Instituto Aragonés de la Mujer
  • Cumplimentar un formulario en la dirección https://www.aragon.es/imagen-corporativa.
  • Enviar una prueba por correo electrónico a comisióndecomunicacion@aragon.es para verificar el Manual de Identidad Visual Corporativa del Gobierno de Aragón.
  • Trasladar la solicitud y materiales al Gabinete del Departamento de Presidencia, Justicia y Cultura mediante vicepresidencia@aragon.es.
  • Cumplir con las normativas sobre contratación pública y uso estratégico de servicios.
  • Aprobar modificaciones del Plan de Racionalización del gasto corriente.
  • Estar al día en la obligación de rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón.
  • Cumplir con legislación medioambiental, transparencia y otros requisitos normativos.
  • Atención a mujeres víctimas de violencia de género y otras formas de violencia por género
  • Datos específicos sobre el número de mujeres atendidas, según su edad y nacionalidad
  • Información sobre los tipos de violencia sufrida por las mujeres
  • Datos sobre hijos e hijas afectados por la violencia

Gastos subvencionables

  • Contratación de servicios por importe superior a 5.000 € IVA excluido (considerados menores)
  • Nóminas y gastos de seguridad social
  • Gastos de desplazamiento (0,26 €/km)
  • Gastos de manutención (37,40 €/día)
  • Gastos de alojamiento (65,70 €/día)
  • Gastos imputados realizados para la ejecución del convenio
  • Costes relacionados con el personal profesional
  • Gastos de desplazamiento y alojamiento necesarios para el funcionamiento de la entidad o desarrollo de su actividad principal

Criterios de valoración

  • Cumplimiento de la finalidad y por los conceptos señalados en el Convenio
  • No recibir otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que superen el coste total de la actividad
  • Gestión de programas sin requerir una dedicación superior al 50% de la jornada laboral de un profesional

Documentación a presentar

  • Certificación expedida como Anexo II por el Secretario/a-Interventor/a
  • Índice numerado de los documentos justificativos imputables a la subvención
  • Certificación de gastos y justificativa económica
  • Informes estimativos de gastos para la prestación del servicio
  • Documentos que demuestran el cumplimiento de normativas aplicables en materia de contratación
  • Certificados de estar al corriente de pago de tributos, Tesorería general de la Seguridad Social y obligaciones de rendir cuentas ante la Cámara de Cuentas de Aragón

Condiciones económicas

La subvención es directa y excepcional, con un presupuesto prorrogado hasta la aprobación de la Ley de Presupuestos para 2026. Los gastos superiores a 5.000 € IVA excluido se consideran menores según la normativa autonómica.; El servicio se prestará a los hijos/as de las víctimas de violencia hasta los 23 años siempre que hayan sido afectados por situaciones de violencia antes de alcanzar la mayoría de edad. Los gastos imputables estimados no justificados actualmente pero previstos para ser abonados se incluyen en la certificación de gastos.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones sin fines económicos en Aragón
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 80% del coste subvencionable. Importe máximo por beneficiario: 18.774 €. La subvención es directa y excepcional, con un presupuesto prorrogado hasta la aprobación de la Ley de Presupuestos para 2026. Los gastos superiores a 5.000 € IVA excluido se consideran menores según la normativa autonómica.; El servicio se prestará a los hijos/as de las víctimas de violencia hasta los 23 años siempre que hayan sido afectados por situaciones de violencia antes de alcanzar la mayoría de edad. Los gastos imputables estimados no justificados actualmente pero previstos para ser abonados se incluyen en la certificación de gastos.. Presupuesto total: 18.774 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/01/2026. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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