Convenio de formación en ecommerce para emprendedores gallegos
Qué financia
Financia un programa de formación en ecommerce para personas emprendedoras
A quién va dirigida
Emprendedores que deseen mejorar sus habilidades en ecommerce
Requisitos
- Ser persona emprendedora
- Desarrollar las actuaciones recogidas en la cláusula segunda
- Justificar su realización y el cumplimiento de la finalidad prevista sin percibir ninguna remuneración por parte de las personas usuarias del programa
Gastos subvencionables
- Formación en emprendimiento
- Mentorías
- Talleres
- Presentaciones de proyectos
- Gastos de personal
- Gastos derivados de servicios profesionales relativos a las actividades objeto del convenio
- Gastos de alquiler y gastos de acondicionamiento de los espacios para el desarrollo de las actividades previstas en este convenio
- Gastos en material fungible, artículos de consumo, suministros y servicios complementarios de las concretas actividades
Documentación a presentar
- Certificación expedida por la persona responsable del Clúster declarando haber dado debido cumplimiento a la finalidad del convenio
- Memoria de actuación justificativa del cumplimiento del convenio
- Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas
- Documentación acreditativa del pago efectuado
- Declaración en la que figure una relación detallada de otras ayudas, ingresos o recursos percibidos
- Certificaciones acreditativas de estar al día en el cumplimiento de las obligaciones frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, a la Agencia Tributaria de Galicia y a la Tesorería General de la Seguridad Social
- Declaración responsable de no tener ninguna deuda con la Administración pública de la Comunidad autónoma de Galicia
- Declaración responsable de no incursión en ninguna de las prohibiciones de obtener la condición de beneficiaria de subvenciones
- Declaración responsable sobre la situación/condición del Clúster del Ecommerce Gallego con respecto al IVA
Condiciones económicas
El programa está financiado por subvención pero no se especifica el monto exacto o la intensidad en términos de porcentaje del gasto subvencionable que cubre.; Los costes indirectos se financian a un porcentaje del 10% sobre los costes directos elegibles. Los gastos de desplazamiento y transporte, así como las dietas de alojamiento y manutención, no pueden superar el 3% del importe total previsto en el convenio.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.