Convenio para el sostenimiento de fondos de la Fundación Biblioteca de la Casa Consulado
Qué financia
Financiación de los fondos de la Fundación Biblioteca de la Casa Consulado
A quién va dirigida
Organizaciones culturales como bibliotecas, archivos y museos que no realizan actividades económicas
Requisitos
- Destinar los fondos subvencionados a la finalidad prevista
- Presentar documentación justificativa
- Comunicar modificaciones significativas del proyecto o objetivos
- Remitir documentación al Ayuntamiento por medios electrónicos
- Informar sobre otras subvenciones obtenidas para la misma finalidad
- Facilitar documentación necesaria para comprobación administrativa y controles financieros
- Reintegrar fondos en supuestos que procedan
- Cumplir con las disposiciones de igualdad, prevención de violencia de género, conciliación laboral, uso no sexista del lenguaje, protección jurídica del menor, representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres, y el uso de la lengua gallega
- Acreditar la participación efectiva de los trabajadores en el proyecto
- Justificar costes por prestación de servicios
- Respetar derechos a la privacidad en actividades formativas online o telemáticas
- Entrega de efecto mercantil garantizado por entidad financiera o compañía de seguros
- Presentación de cuentas justificativas simplificadas para importes inferiores a 60.000 €
- Presentación de informe de auditor y documentación adicional para importes igual o superior a 60.000 €
Gastos subvencionables
- Gastos imprescindibles para el desarrollo de la actividad subvencionada
- Gastos realizados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del respectivo ejercicio
- Gastos acreditados con justificantes emitidos en los dos meses siguientes a la finalización del plazo
- Gastos efectivamente pagados antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de la justificación
- Costes de personal directa e indubitadamente vinculados al ejercicio de la actividad subvencionada, incluidos desplazamientos y alojamientos con requisitos legales establecidos
- Gastos de profesionales directamente vinculados con el desarrollo del proyecto de las actividades formativas
- Otros gastos de estructura en la parte que razonablemente corresponda
- Gastos de profesionales directamente vinculados con el desarrollo del proyecto
- Otros gastos de estructura de la entidad razonablemente imputables al período de actividad subvencionada
- Costes indirectos hasta un máximo del 13% del gasto total
- Gastos realizados por el beneficiario que se justifiquen en la cuenta justificativa
Documentación a presentar
- Documentación justificativa de la aplicación de los fondos recibidos
- Informes sobre el cumplimiento de las obligaciones formales y normativas
- Desglose por sexos de datos de personas beneficiarias y trabajadoras
- Impreso de presentación de solicitud de justificación
- Memoria que acredite la realización de la actividad y el cumplimiento de los objetivos
- Balance de ingresos y gastos efectivamente realizados
- Relación clasificada y detallada de los gastos con indicaciones del acreedor, NIF, número de justificante, fecha de emisión, importe, concepto y fecha de pago
- Certificación o declaración responsable de medios por los que se le dio publicidad a la subvención
- Cuentas justificativas simplificadas
- Informe de auditor para importes igual o superior a 60.000 €
- Memoria que acredite el grado de cumplimiento de los objetivos
- Relación clasificada de los gastos con detalles del acreedor, NIF, número de justificante, fecha de emisión, importe, concepto y fecha de pago
- Certificación actualizada de subvenciones generadas
- Declaración responsable sobre impuestos no recuperables
- Certificación o declaración responsable de medios de difusión
Condiciones económicas
El crédito presupuestario es un importe cierto, sin referencia a un porcentaje o fracción del coste total y será a cargo del beneficiario la diferencia de financiación necesaria para ejecutar la actividad.; Los costes por prestación de servicios no superen ciertos importes específicos. Los gastos indirectos pueden ser subvencionables hasta el 13% del gasto total, descontando ayudas y ingresos externos.; La revisión del gasto se realiza según muestreo aleatorio, con comprobación directa para justificantes que superen el 25% del importe de la subvención. Para importes igual o superior a 60.000 €, es obligatoria una cuenta justificativa con informe de auditor.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.