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Convenio para gestión de vivienda tutelada para mujeres víctimas

AUTONOMICA · ARAGÓN · INSTITUTO ARAGONÉS DE LA MUJER (IAM)
Denominación oficial (BDNS): Convenio de colaboración entre el instituto aragonés de la mujer y el ayuntamiento de utebo para la gestión de un inmueble destinado a vivienda tutelada para mujeres victimas de violencias contra la mujer.
Resumen: Es un convenio entre el Instituto Aragonés de la Mujer y el Ayuntamiento de Utebo para gestionar viviendas destinadas a mujeres afectadas por violencias contra la mujer. Se dirige a entidades sin ánimo de lucro.

Qué financia

Financia la gestión de un inmueble dedicado a vivienda tutelada para mujeres víctimas de violencias contra la mujer.

A quién va dirigida

Organizaciones benéficas y no gubernamentales que trabajen en el ámbito de la protección y apoyo a mujeres afectadas por violencia doméstica.

Requisitos

  • La vivienda debe estar amueblada y equipada para el normal desarrollo de la vida diaria
  • Seguimiento de las incidencias generadas por el uso de la vivienda
  • Atención integral por parte del equipo municipal de servicios sociales
  • Aprobación y aportar modificaciones al Plan de Racionalización del gasto corriente
  • Autorización para recabar certificados de pago de tributos y otras deudas con la Comunidad Autónoma de Aragón
  • Justificantes de pago
  • Recibos de gastos de desplazamiento y alojamiento
  • Facturas firmadas y selladas o recibos por dietas

Gastos subvencionables

  • Mantenimiento de la vivienda (consumo eléctrico, agua, teléfono, gas, comunidad, seguro, reparaciones necesarias)
  • Gastos de primera necesidad de las mujeres residentes en la vivienda y sus hijos e hijas que con ellas convivan
  • Servicios de asesoría (jurídica, social, laboral)
  • Desplazamiento (0,26 €/km)
  • Manutención (comida y cena) (37,40 €/día)
  • Dieta de alojamiento (65,70 €/día)

Documentación a presentar

  • Certificación expedida por la Secretaría del Ayuntamiento
  • Índice numerado de los justificantes y recibos individuales justificativos de nómina y pagos al personal
  • Facturas y documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa
  • Recibos de gastos de desplazamiento, alojamiento y dieta
  • Contratos realizados para la prestación del servicio
  • Facturas firmadas y selladas
  • Recibos por dietas

Condiciones económicas

La subvención financiará el 80% de la actividad; los gastos excedentes no serán subvencionables. Los gastos justificativos deben presentarse dentro del plazo establecido.; Los gastos deben estar justificados con facturas firmadas y selladas o recibos de liquidación. Sólo se financiarán los gastos necesarios para la actividad principal.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones benéficas y no gubernamentales que trabajen en el ámbito de la protección y apoyo a mujeres afectadas por violencia doméstica.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 6.500 €. La subvención financiará el 80% de la actividad; los gastos excedentes no serán subvencionables. Los gastos justificativos deben presentarse dentro del plazo establecido.; Los gastos deben estar justificados con facturas firmadas y selladas o recibos de liquidación. Sólo se financiarán los gastos necesarios para la actividad principal.. Presupuesto total: 6.500 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/01/2026. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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