● Abierta · hasta 31/12/202615.000 €

Convenio para las fiestas del barrio Elguero en Valle de Trápaga

LOCAL · VALLE DE TRÁPAGA-TRAPAGARAN · AYUNTAMIENTO DE VALLE DE TRÁPAGA-TRAPAGARAN
Denominación oficial (BDNS): Convenio de colaboración entre el ayuntamiento de valle de trápaga-trapagaran y la asociación cultural elgero´ko aldapa del valle de trápaga para la realización de las fiestas del barrio elguero 2026
Resumen: Es un convenio entre el ayuntamiento y una asociación cultural para organizar festivales. Interesa a personas físicas interesadas en actividades artísticas, deportivas o de entretenimiento.

Qué financia

Financiar la organización de las fiestas del barrio Elguero

A quién va dirigida

Personas que no desarrollan actividad económica pero están involucradas en actividades culturales como artes, deportes o entretenimiento

Requisitos

  • La Asociación Cultural Elgero'ko Aldapa debe contactar a los proveedores, seleccionar, organizar y gestionar los servicios contratados con la subvención.
  • Justificar los gastos con facturas originales relacionadas con las actividades organizadas durante los días 14, 15 y 16 de agosto de 2026.

Gastos subvencionables

  • Gastos derivados de la contratación de músicos, artistas, grupos teatrales, etc.
  • Hinchables y otras actividades infantiles como pintacaras.
  • Talleres, ponencias, etc.
  • Gastos derivados de publicidad: cartelería, etc.
  • Gastos derivados de infraestructura: alquiler carpa, etc.
  • Gastos derivados de la contratación de pruebas de Deporte Rural.
  • Gastos derivados de actividades populares: comidas, chocolatadas, chorizadas, bingos, etc.

Documentación a presentar

  • Facturas originales relacionadas con las actividades organizadas durante los días 14, 15 y 16 de agosto de 2026.
  • Memoria económica justificativa de los gastos derivados de la ejecución del convenio.

Condiciones económicas

La subvención se imputará a la partida 334-48102 del presupuesto de 2026. Los gastos deben justificarse antes del 30 de septiembre de 2026, y si no se justifica el 100%, se requerirá su reintegro.; Los gastos deben estar justificados con facturas originales relacionadas con las actividades organizadas durante los días 14, 15 y 16 de agosto de 2026. El plazo para la justificación finaliza el 30 de septiembre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Personas que no desarrollan actividad económica pero están involucradas en actividades culturales como artes, deportes o entretenimiento
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 15.000 €. La subvención se imputará a la partida 334-48102 del presupuesto de 2026. Los gastos deben justificarse antes del 30 de septiembre de 2026, y si no se justifica el 100%, se requerirá su reintegro.; Los gastos deben estar justificados con facturas originales relacionadas con las actividades organizadas durante los días 14, 15 y 16 de agosto de 2026. El plazo para la justificación finaliza el 30 de septiembre de 2026.. Presupuesto total: 15.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 22/07/2026. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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