Convenio Parroquia Santa María, Cultura en Capilla
Qué financia
Financiación de proyectos culturales en la capilla de la Parroquia Santa María
A quién va dirigida
Entidades sin ánimo de lucro que operan en el ámbito cultural y no desarrollan actividad económica
Requisitos
- Ser propietario de la Concatedral de Santa María
- Realizar trabajos de construcción de marcos para óleos definitivos elaborados por el pintor Vicente Traver Calzada
- Elaborar bocetos correspondientes aprobados por la Diputación Provincial de Castellón
- Estar al corriente tributariamente y frente a la Seguridad Social
- No ser deudor por resolución de reintegro
- Presentación justificativa por vía telemática
Gastos subvencionables
- Honorarios por elaboración, transporte y colocación cuadros Capilla de la Comunión Parroquia Santa María de Castellón
Criterios de valoración
- Criterios de eficiencia y economía en la elección entre ofertas presentadas
- Graduación de cuantía de pérdida de derecho a cobro según retraso en pago
Documentación a presentar
- NIF del solicitante
- Certificado emitido por la AEAT para la iglesia católica
- Descripción de las actividades o programas objeto de la subvención con detalle del presupuesto de ingresos y gastos
- Acreditación de que el solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y seguridad social
- Declaración responsable sobre la naturaleza del IVA para el beneficiario
- Ficha actualizada de mantenimiento de terceros
- Certificado correspondiente a la subvención superior a 3.000 €
- Memoria de actuaciones justificativa de la actividad subvencionada
- Memoria económica con gastos e ingresos ejecutados, diferenciando entre subvencionables y no subvencionables
- Relación detallada de todos los ingresos que financian la actividad subvencionada
- Documentos justificativos del gasto (facturas, recibíes)
- Justificantes de pago acreditativos de los gastos subvencionables
Condiciones económicas
La subvención cubre el 100% del gasto subvencionable, sin tope máximo. Se abona en dos pagos: un pago a cuenta anticipado del 80% y el resto fraccionado previa justificación de los gastos.; El pago anticipado requiere garantía solidaria; la justificación se presenta por vía telemática con documentos detallados; hay un plazo de ejecución hasta el 31 de diciembre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.