Convocatoria de Subvenciones para Innovación Social y Urbana en Música
Qué financia
Financia proyectos de investigación, desarrollo e innovación en el ámbito musical con énfasis en sostenibilidad cultural y economía creativa.
A quién va dirigida
Pymes y personas físicas que desarrollan actividades económicas relacionadas con la música y las artes escénicas.
Requisitos
- Ser persona física o jurídica legalmente constituida
- Tener capacidad de obrar y contar con la habilitación profesional necesaria para la realización del proyecto subvencionado
- No encontrarse incursa en ninguna circunstancia prevista en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley General de Subvenciones
- Tener capacidad de obrar y contar con la habilitación profesional necesaria para la realización del proyecto subvencionado.
- No encontrarse incursas en ninguna circunstancia prevista por la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
- No haber efectuado declaraciones falsas ni haber ocultado datos relevantes.
- No encontrarse en situación de morosidad grave acreditada.
- La solicitud debe cumplir con los criterios establecidos en las bases reguladoras
- Las solicitudes deben alcanzar una puntuación mínima de 25 puntos en el apartado A) Memoria técnica del proyecto
Gastos subvencionables
- Gastos de personal técnico propio estrictamente necesario para el desarrollo del proyecto
- Gastos derivados de la subcontratación de servicios técnicos y artísticos necesarios para la ejecución del proyecto
- Alojamiento, manutención y desplazamiento de artistas, ponentes, organizadores y personal auxiliar a los mismos que participe en el desarrollo del proyecto
- Alquiler del material necesario para el desarrollo del proyecto
- Desarrollos tecnológicos vinculados a la mejora de los eventos musicales
- Formaciones en el ámbito de la música integradas en el proyecto o directamente vinculadas a su ejecución, que repercutan de forma directa en la mejora de los eventos musicales
- Arrendamiento de las instalaciones necesarias para el desarrollo del proyecto
- Gastos derivados de la compensación de emisiones de CO2
- Cobertura mediática, seguridad, seguros y otros gastos análogos directamente vinculados al desarrollo del proyecto
- Servicio de catering con un importe máximo del 30% del importe de la subvención finalmente concedida
- Todos los gastos deben haberse realizado con carácter previo a la presentación de la justificación y acreditarse mediante los correspondientes justificantes de pago.
Criterios de valoración
- Puntuación final obtenida por las entidades beneficiarias, conforme a los criterios de valoración previstos en el apartado correspondiente de estas bases reguladoras
- Eficacia y cuantía final de la subvención condicionadas al grado de ejecución del proyecto
- Memoria técnica del proyecto (máximo 40 puntos)
- Alcance e impacto sociocultural del proyecto (máximo 21 puntos)
- Trayectoria y consolidación del proyecto (máximo 15 puntos)
- Impacto en la recuperación de zonas damnificadas por la DANA (máximo 10 puntos)
- Diseño sociocultural del proyecto (máximo 9 puntos)
- Colaboración efectiva de otras entidades en la ejecución del proyecto (máximo 5 puntos)
Documentación a presentar
- Formulario de solicitud con declaración responsable
- Documentación justificativa de los gastos subvencionables presentada en los plazos y términos previstos en el apartado 16 de las presentes bases reguladoras
- DNI por ambas caras o NIE acompañado del pasaporte (personas físicas).
- Escritura pública de constitución formalizada ante notario y poder notarial de la persona representante legal (personas jurídicas, sociedades civiles, comunidades de bienes u otras entidades económicas).
- Acta fundacional formalizada ante notario y certificado de los miembros y cargos de la junta directiva (entidades sin ánimo de lucro).
- Memoria del proyecto conforme al modelo normalizado.
- Declaración responsable deducción de Impuesto sobre el Valor Añadido.
- Certificados de estar al corriente con AEAT, ATV, TGSS y Hacienda Local.
- Ficha de Mantenimiento de Terceros
- Memoria de actuación justificativa del proyecto
Condiciones económicas
La cuantía máxima de la subvención es del 70% del coste total del proyecto, excluidos los impuestos recuperables. Los importes se determinan según una escala basada en puntuación.; El importe del gasto subvencionable debe superar las cuantías establecidas para contratos menores. Los proyectos deben ejecutarse entre el 1 de junio de 2026 y el 31 de mayo de 2027.; La ampliación del plazo de justificación no podrá superar la mitad del plazo inicialmente establecido. La solicitud debe presentarse antes de la finalización del plazo inicialmente previsto.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.