Convocatoria de subvenciones para prevención de riesgos laborales en Castilla y León
Qué financia
Financia acciones de prevención de riesgos laborales en diversos sectores.
A quién va dirigida
Entidades jurídicas que no desarrollan actividades económicas, como asociaciones o fundaciones.
Requisitos
- Ser organizaciones empresariales o sindicales representativas, con sede en Castilla y León
- Tener un ámbito de representatividad funcional y territorial acorde con las acciones a realizar
- No estar prohibidas por la Ley 38/2003
- Estar al corriente de obligaciones tributarias y Seguridad Social
- Ser persona trabajadora por cuenta ajena o propia, o empresa (pequeñas empresas con menos de 50 personas)
- No ser objeto de financiación si los destinatarios exclusivos son entidades asociadas a las beneficiarias
- El proyecto debe contener un presupuesto claramente diferenciado
Gastos subvencionables
- Costes salariales y de Seguridad Social del personal interno
- Gastos de amortización o arrendamiento de equipos informáticos y medios técnicos
- Adquisición de materiales de apoyo
- Gastos directamente relacionados con la ejecución de la acción
- Subcontratación
- Costes salariales y Seguridad Social del personal interno
- Gastos directamente relacionados con la ejecución del proyecto
- Libros y manuales
- Folletos
- Publicaciones periódicas
Criterios de valoración
- Los criterios de valoración se recogen en el Anexo IV (no especificados en el texto)
- Criterios en anexo IV
Documentación a presentar
- Escritura, acta de constitución o estatutos
- Documento acreditativo de la representación legal
- Proyecto a realizar con contenido mínimo
- Acreditaciones de estar al corriente de obligaciones tributarias y Seguridad Social
Condiciones económicas
El importe total disponible es de 550.000 €, con un 20% destinado a acciones sectoriales y un 80% a acciones intersectoriales. El presupuesto puede ser incrementado en una cuantía adicional no superior al 100% del total determinado.; El gasto en bibliografía no podrá suponer más del 1% de la subvención concedida. El importe máximo para gastos de catering será de 20 euros por asistente y día.; El importe máximo no está especificado. Hay un plazo para reformular la solicitud si hay una diferencia superior a 3000 euros entre el solicitado y concedido. Existe posibilidad de anticipo del 50%.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.