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Convocatoria para subvenciones en materia de natalidad y conciliación

LOCAL · PERALES DEL PUERTO · AYUNTAMIENTO DE PERALES DEL PUERTO
Denominación oficial (BDNS): Convocatoria 2026 para la concesión de subvenciones en materia de natalidad y conciliación.
Resumen: Es una convocatoria competitiva que ofrece ayudas a personas físicas interesadas en promover la natalidad y mejorar la conciliación familiar.

Qué financia

Financiar proyectos relacionados con la promoción de la natalidad y la mejora de la conciliación entre trabajo y vida personal.

A quién va dirigida

Personas físicas que no desarrollan actividad económica

Requisitos

  • Residir en Perales del Puerto con al menos un año de antelación a la presentación de la solicitud
  • Continuar residiendo en el municipio durante al menos dos años desde su concesión
  • Hallarse al corriente de las obligaciones fiscales municipales durante todo el año anterior al nacimiento o adopción
  • Cumplir los requisitos específicos para cada tramo de la subvención

Gastos subvencionables

  • Adquisición de productos específicos para bebés, necesarios para su cuidado y bienestar general (alimentos, productos higiénico-sanitarios de bebé, ropa de bebé, complementos como cuna y menaje, biberones, silla de seguridad de vehículo, carricoche)

Criterios de valoración

  • Publicidad
  • Transparencia
  • Concurrencia
  • Objetividad
  • Igualdad
  • No discriminación
  • Eficacia en el cumplimiento de objetivos
  • Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos
  • El Ayuntamiento reserva anualmente una cantidad en su presupuesto para las ayudas de fomento de la natalidad

Documentación a presentar

  • Certificado de nacimiento del recién nacido (en caso de nacimientos)
  • Copia de la Resolución Judicial (en caso de adopciones)
  • Fotocopia compulsada o copia auténtica del DNI del solicitante
  • Modelo de solicitud cumplimentado con compromisos
  • Certificado de titularidad bancaria del solicitante donde se efectuará el ingreso

Condiciones económicas

La subvención se divide en tres tramos de 500 €, 250 € y 250 € respectivamente. Se requiere justificación del primer tramo antes de solicitar el segundo y tercer tramo.; El importe anual de la subvención se reserva en el presupuesto del Ayuntamiento, pero puede modificarse si es necesario y las circunstancias lo permiten. La ayuda se otorga por un período determinado.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Personas físicas que no desarrollan actividad económica
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 1.000 €. La subvención se divide en tres tramos de 500 €, 250 € y 250 € respectivamente. Se requiere justificación del primer tramo antes de solicitar el segundo y tercer tramo.; El importe anual de la subvención se reserva en el presupuesto del Ayuntamiento, pero puede modificarse si es necesario y las circunstancias lo permiten. La ayuda se otorga por un período determinado.. Presupuesto total: 7.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: A partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria.. Fin: 2 meses a contar desde la publicación de la convocatoria (o del nacimiento, si este fuera posterior).

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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