● Abierta100% del coste545.000 €

Convocatoria subvenciones para participación en regímenes de calidad agrícola

AUTONOMICA · ARAGÓN · DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN Y PROMOCIÓN AGROALIMENTARIA
Denominación oficial (BDNS): ORDEN AGA/ /2026, de 13 de julio, por la que se convocan subvenciones destinadas a apoyar la nueva participación en regímenes de calidad en el marco del Plan Estratégico Nacional de la PAC 2023-2027 para Aragón, para el año 2026
Resumen: Esta orden convoca subvenciones para apoyar la nueva participación en regímenes de calidad en Aragón, dentro del Plan Estratégico Nacional de la PAC 2023-2027.

Qué financia

Financia proyectos que mejoren los sistemas de producción agrícola y pesquera a través de la implementación de regímenes de calidad.

A quién va dirigida

Pequeñas y medianas empresas, así como agricultores individuales en Aragón

Requisitos

  • Ser productor primario que se incorpore en los regímenes de calidad definidos a partir del 1 de enero de 2026
  • Estar inscrito en el REA, REGA o otros registros oficiales agrarios
  • No estar incursa en causas de prohibición previstas en la Ley 38/2003
  • Cumplir con los criterios de cuantificación establecidos en el PEPAC 2023-2027
  • No estar incursa en prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria según la Ley 38/2003
  • No haber solicitado o recibido otras ayudas para la misma finalidad
  • Cumplir con todos los requisitos exigidos en la legislación medioambiental vigente
  • Cumplir con la legislación de transparencia y no haber sido sancionado por discriminaciones
  • Suministrar toda la información necesaria a la Dirección General de Innovación y Promoción Alimentaria conforme a la legislación sobre transparencia y subvenciones
  • Adoptar medidas de difusión establecidas en las bases

Gastos subvencionables

  • Coste de la inscripción en el régimen de calidad
  • Cuota anual de participación en los siguientes años (máximo 5 años)
  • Coste de los controles de certificación, incluidos los analíticos obligatorios
  • Gasto subvencionable pagado, incluyendo cuotas y tarifas, sin impuestos
  • Actividades realizadas financiadas con la subvención y su coste
  • Gastos incurridos documentalmente con evidencias de actividades realizadas
  • Facturas justificantes del gasto realizado acompañadas de los pertinentes justificantes bancarios de pagos

Criterios de valoración

  • Si la persona solicitante es joven agricultor: 25 puntos
  • Titular de explotación agraria prioritaria regulada en la Ley 19/1995: 25 puntos
  • Explotación ubicada en zonas con limitaciones naturales: 25 puntos
  • Ser mujer titular de la explotación agraria: 25 puntos
  • Criterios de cuantificación establecidos en el PEPAC 2023-2027
  • Puntuación máxima según los criterios de cuantificación

Documentación a presentar

  • Solicitud y documentación relacionada presentadas electrónicamente o presencialmente
  • Certificado electrónico o clave permanente para tramitar electrónicamente
  • Documento del acuerdo de la entidad para solicitar la subvención (en caso de personas jurídicas)
  • Documento que acredite la condición de representante (en caso de representación)
  • Declaración responsable sobre los requisitos exigidos
  • Declaración de las actividades realizadas que han sido financiadas con la subvención y su coste
  • Desglose de cada uno de los gastos incurridos
  • Facturas justificantes del gasto realizado acompañadas en cualquier caso de los pertinentes justificantes bancarios de pagos

Condiciones económicas

La cuantía máxima total para la convocatoria es de 545.000€, con posibilidad de ampliación si hay disponibilidad presupuestaria adicional.; El importe mínimo anual es de 150 euros. La subvención se aplica sobre gasto subvencionable pagado, incluyendo cuotas y tarifas, sin impuestos.; El pago se efectúa previa comprobación de la inscripción en el régimen de calidad y los importes abonados. La persona beneficiaria debe estar al corriente con sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y no ser deudora por resolución que declare la procedencia del reintegro.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Pequeñas y medianas empresas, así como agricultores individuales en Aragón
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 100% del coste subvencionable. La cuantía máxima total para la convocatoria es de 545.000€, con posibilidad de ampliación si hay disponibilidad presupuestaria adicional.; El importe mínimo anual es de 150 euros. La subvención se aplica sobre gasto subvencionable pagado, incluyendo cuotas y tarifas, sin impuestos.; El pago se efectúa previa comprobación de la inscripción en el régimen de calidad y los importes abonados. La persona beneficiaria debe estar al corriente con sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y no ser deudora por resolución que declare la procedencia del reintegro.. Presupuesto total: 545.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: El día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón". Fin: 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOA.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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