Subvención Nominativa a la Asociación de Vecinos El Pilar
LOCAL · ZAMORA · AYUNTAMIENTO DE ZAMORA
Denominación oficial (BDNS): Resolución de 30 de junio de 2026, del Concejal delegado de Recaudación, Rentas, Hacienda, Intervención y Tesorería, por el que se concede Subvención Nominativa a la ASOCIACIÓN DE VECINOS EL PILAR - BARRIO DE VILLAGODIO
Resumen: Es una subvención concedida por el Ayuntamiento de Zamora a una asociación vecinal sin actividad económica. Está dirigida a entidades que realizan actividades asociativas en el municipio.
Qué financia
Financia la operativa y actividades de la Asociación de Vecinos El Pilar
A quién va dirigida
Asociaciones vecinales o similares sin actividad económica propia
Requisitos
Acreditar la singularidad del beneficiario que justifica la no aplicación del procedimiento en concurrencia competitiva.
Recogerse el objeto de las subvenciones expresamente en el convenio de colaboración o resolución de concesión.
Menciones claras en los materiales divulgativos sobre el financiamiento por parte del Ayuntamiento de Zamora
Cumplimiento de todos los compromisos asumidos en el Convenio
Gastos subvencionables
Gastos corrientes y ordinarios de la actividad
Mantenimiento del local social donde se desarrollen las actividades
Documentación a presentar
Solicitud de subvención.
Memoria explicativa de actividades para las cuales solicita subvención.
Presupuesto equilibrado de ingresos y gastos.
Cláusula de protección de datos.
Certificado de titularidad de cuenta bancaria de la asociación
Certificado de estar al corriente de pagos con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Certificado de estar al corriente de pagos con la Tesorería General de la Seguridad Social.
Declaración responsable de reunir las condiciones exigidas para la obtención de subvenciones.
Condiciones económicas
El porcentaje de financiación es del 100% del gasto subvencionable. La cuantía final se limita al presupuesto presentado y no puede superar el coste total de la actividad.; La subvención se abona en una sola vez a partir de la aprobación de la cuenta justificativa. La compatibilidad con otras ayudas está sujeta al presupuesto total de la actividad subvencionable.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Asociaciones vecinales o similares sin actividad económica propia
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 5775 €. El porcentaje de financiación es del 100% del gasto subvencionable. La cuantía final se limita al presupuesto presentado y no puede superar el coste total de la actividad.; La subvención se abona en una sola vez a partir de la aprobación de la cuenta justificativa. La compatibilidad con otras ayudas está sujeta al presupuesto total de la actividad subvencionable.. Presupuesto total: 5.775 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Sin plazo de solicitud. Fin: Sin plazo de solicitud.
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.