Subvención para actividades culturales en Remonta
Qué financia
Financia actividades culturales en la comunidad de vecinos de Remonta.
A quién va dirigida
La asociación de vecinos de Remonta y similares que quieran desarrollar proyectos culturales en su barrio.
Requisitos
- Ser una entidad de derecho privado sin ánimo de lucro inscrita en el Registro de Entitats Municipales y el Registre de la Direcció General d'Associacions i Fundacions.
- Presentar un proyecto o actividad con un coste total del 3.500 €.
- Cumplir con los requisitos establecidos en el Pla Estratégico de Subvenciones (PES) y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Acreditar gastos mediante facturas o documentos probatorios válidos
- Presentar comprobantes de pago junto a las facturas
- Cumplir con la normativa tributaria y presupuestaria vigente
Gastos subvencionables
- Despeses que se realicen dentro del término de ejecución del proyecto.
- Comisiones bancarias por transferencias y girar recibos.
- Gestoria correspondiente a la actividad subvencionada.
- Servicios de telefonia o comunicación, y suministros energéticos (agua, electricidad, gas o energías alternativas).
- Tributos pagados efectivamente por la persona beneficiaria.
- Servicios de gestoria
- Servicios de telefonia, comunicación y subministramientos energéticos (agua, electricidad, gas o energías alternativas)
Documentación a presentar
- Formularios de justificación técnica y económica.
- Memoria tècnica con indicación de las actividades realizadas, resultados obtenidos e indicadores de valoración.
- Reportaje fotográfico de cada actividad (sin imágenes que permitan identificar personas).
- Mostra de toda la documentación publicitaria emitida para informar sobre el proyecto.
- Memoria econòmica con relación de despeses aplicadas al proyecto, incluyendo facturas y justificantes de pagos.
- Declaración responsable que recoge las condiciones establecidas en la cláusula 8.2.
- Facturas con fecha máxima de emisión y pago según las fechas establecidas
- Comprobantes de pago
- Documentos probatorios válidos
Condiciones económicas
No hay tope específico; la subvención se paga en un único pago anticipado; no requiere cofinanciación; el plazo de ejecución es del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026.; Facturas con fecha máxima de emisión y pago hasta 15 de marzo de 2027 para servicios de gestoria; facturas con fecha máxima de emisión y pago hasta 31 de enero de 2027 para servicios de telefonia, comunicación y subministramientos energéticos. Facturas no pueden superar los 999,99 euros.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.