● Abierta · hasta 31/12/20265.000 €

Subvención para actividades y funcionamiento en el sector asociativo de Lugo

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE LUGO · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE LUGO
Denominación oficial (BDNS): Nom. med. rural `actividades y funcionamiento`
Resumen: Es una subvención que financía diversas actividades económicas a entidades no jurídicas sin actividad económica propia. Se dirige principalmente a organizaciones asociativas.

Qué financia

Financia actividades económicas para entidades no jurídicas sin actividad económica propia

A quién va dirigida

Organizaciones y grupos de interés que realizan actividades económicas pero no son considerados empresas en sí mismas

Requisitos

  • Realizar la actuación objeto de la subvención
  • Pagar gastos, derechos, cánones, tasas, impuestos, compensaciones e indemnizaciones a los que diera lugar su realización
  • Obtener todos los permisos, licencias y seguros precisos para su ejecución
  • Comparecer en la presentación institucional organizada por la Diputación Provincial
  • Autorizar a la Diputación Provincial a comunicar y difundir la actuación subvencionada
  • Aportar la cuenta justificativa que acredite la ejecución de la actuación subvencionada y los gastos derivados de la misma
  • Percibir el importe de la subvención una vez presentada y aprobada la cuenta justificativa
  • Cumplimiento de las condiciones que motivaron la subvención
  • Publicidad adecuada en todas las actuaciones
  • Ausencia de contenido discriminatorio o sexista
  • Justificación y abono a tiempo de los gastos

Gastos subvencionables

  • Gastos estrictamente necesarios para la realización de la actuación subvencionada
  • Gastos financieros, asesoría jurídica o financiera, notariales y registrales, periciales para el proyecto subvencionado y administración específica directamente relacionados con la actuación

Criterios de valoración

  • Criterios de eficiencia y economía para la elección entre ofertas presentadas

Documentación a presentar

  • ANEXO I. Memoria de la actuación
  • ANEXO II. Relación clasificada de gastos
  • ANEXO III. Declaración conjunta
  • Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa
  • Facturas o documentos de valor probatorio
  • Acreditación del pago de las facturas
  • Ofertas solicitadas según el artículo 31.3 de la LGS
  • Documento emitido por la entidad bancaria con número de cuenta
  • Copia del ANEXO 1 de la solicitud de subvención y certificados tributarios
  • Solicitud de anticipo
  • Documento bancario con número de cuenta
  • Detalle del nivel de ejecución del gasto y facturas o documentos probatorios

Condiciones económicas

La subvención no puede superar el coste total de la actuación. La beneficiaria debe cubrir al menos el 5% del costo total.; El importe total subvencionado no debe superar el 80% por anticipos, con un máximo de 4.000 €. Se requiere una muestra de justificantes de gasto según su cantidad y número.; El beneficiario puede recibir un anticipo hasta el 80% del importe total subvencionado (hasta 4.000 €), con dispensa de garantía.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones y grupos de interés que realizan actividades económicas pero no son considerados empresas en sí mismas
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 5.000 €. La subvención no puede superar el coste total de la actuación. La beneficiaria debe cubrir al menos el 5% del costo total.; El importe total subvencionado no debe superar el 80% por anticipos, con un máximo de 4.000 €. Se requiere una muestra de justificantes de gasto según su cantidad y número.; El beneficiario puede recibir un anticipo hasta el 80% del importe total subvencionado (hasta 4.000 €), con dispensa de garantía.. Presupuesto total: 5.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/01/2026. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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