97,75% del coste180.000 €

Subvención para el Concurso Internacional de Canto Alfredo Kraus

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Denominación oficial (BDNS): GC Subvención directa a Fundación Internacional Alfredo Kraus destinada a sufragar los gastos para el proyecto “X Concurso Internacional de Canto Alfredo Kraus 2025”.
Resumen: Es una subvención directa del Cabildo Insular de Gran Canaria destinada a financiar los gastos del próximo concurso internacional de canto.

Qué financia

Financia los costos asociados al Concurso Internacional de Canto Alfredo Kraus 2025

A quién va dirigida

Fundación Internacional Alfredo Kraus

Requisitos

  • La solicitud debe reunir todos los requisitos legales establecidos en el art. 66 de la Ley 39/2015.
  • Se requiere la documentación exigida por la legislación subvencional, incluyendo declaración jurada y cumplimiento del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.
  • Cumplir el objetivo del proyecto
  • Justificar el empleo de los fondos públicos recibidos
  • Comunicar cualquier ingreso u otro auxilio económico recibido
  • Disponer de la liquidez para ejecutar la actividad.
  • Cumplir con las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No estar deudor por procedencia de reintegro.

Gastos subvencionables

  • Costes directos de dirección y organización del proyecto
  • Viajes y organización de pruebas preliminares, semifinal y final
  • Cachets y gastos pianistas, asistentes de producción y regidor
  • Director Artístico del Evento
  • Director de orquesta gala final
  • Miembros del jurado
  • Premios oficiales X CICAK
  • Becas a finalistas no apremiados
  • Material musical gala final
  • Fundación O. FILARMÓNICA G. CANARIA
  • Medallas, diplomas y floristería gala final
  • Comunicación y prensa
  • Atenciones y RRPP
  • Locomoción por traslados en Las Palmas de G.C., Madrid, Milán y Génova.
  • Alquiler auditorio Alfredo Kraus
  • Gastos corrientes señalados en la Resolución derivados del Proyecto 'X Concurso Internacional de Canto Alfredo Kraus 2025'

Criterios de valoración

  • Sólo se tendrán en cuenta aquellos conceptos financiados mediante Resolución de Concesión o Modificación de la misma.
  • Que el IGIC/IVA correspondiente a las facturas presentadas es desgravable, compensable o recuperable por la Entidad Beneficiara.
  • Comprobaciones sobre 100% de las facturas y pagos en firme con documentos originales acreditativos.
  • Fechas de emisión de facturas incluidas en el plazo de realización del proyecto.
  • Facturas emitidas únicamente al nombre de la beneficiaria cumpliendo requisitos mínimos.
  • Comprobación de contrato laboral, pago de nóminas, IRPF y seguros sociales para sueldos y salarios.
  • Fechas de documentos de pago bancarios incluidas en el plazo de justificación del proyecto.
  • Gastos por contratación o prestación de servicios no realizados por miembros de las Juntas directivas o consejos de dirección, ni por entidades vinculadas con el beneficiario (con autorización expresa si es necesario).
  • Cumplimiento de los límites señalados por conceptos y puntos dentro del apartado gastos subvencionables.
  • Existencia de tres presupuestos a diferentes proveedores para contratos de suministros y servicios, elegido el más ventajoso.
  • No realización de pagos en efectivo superiores al permitido por la normativa.
  • Independencia entre conceptos del presupuesto financiable sin compensación entre ellos.
  • Cumplimiento de los plazos de pago a proveedores.

Documentación a presentar

  • Facturas justificativas expedidas dentro del plazo de ejecución del proyecto a nombre de la Entidad beneficiaria
  • Mecanismo de reparto para gastos que incluyan la financiación parcial de costes de personal
  • Justificante bancario del pago de IRPF y seguros sociales
  • Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, incluyendo indicación de actividades realizadas y resultados obtenidos.
  • Documentación acreditativa de la realización de la actividad (folletos, carteles, etc.).
  • Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, con relación clasificada de los gastos, identificación del acreedor, documento, importe, fecha de emisión y forma de pago.
  • Detalles separados de impuestos indirectos (IGIC/IVA), carta de pago de reintegro si hay remanentes no aplicados, detalle de otros ingresos o subvenciones que financiaron la actividad subvencionada.

Condiciones económicas

El importe total de la subvención es 180.000 euros, lo que representa aproximadamente el 97,75% del presupuesto presentado.; Los gastos de personal deben estar justificados por transferencias bancarias con todos los detalles requeridos. Los viajes tienen un límite máximo de 160 euros por persona y día. Para gastos superiores a 15.000 euros, se requieren tres ofertas de proveedores diferentes.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Fundación Internacional Alfredo Kraus
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 97,75% del coste subvencionable. El importe total de la subvención es 180.000 euros, lo que representa aproximadamente el 97,75% del presupuesto presentado.; Los gastos de personal deben estar justificados por transferencias bancarias con todos los detalles requeridos. Los viajes tienen un límite máximo de 160 euros por persona y día. Para gastos superiores a 15.000 euros, se requieren tres ofertas de proveedores diferentes.. Presupuesto total: 180.000 €

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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