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Subvención para el programa de intervención psicosocial en Andalucía

AUTONOMICA · ANDALUCÍA · CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Denominación oficial (BDNS): Subvención nominativa a la asociación de familiares y personas con enfermedad mental de la costa del sol (afesol) para el desarrollo del programa intervención psicosocial con personas con problemas de salud mental y sus familiares.prevención del suicidio.
Resumen: Es una subvención destinada a asociaciones que trabajan con personas y familias afectadas por problemas de salud mental, con el objetivo de prevenir el suicidio.

Qué financia

Financia programas de intervención psicosocial para personas con problemas de salud mental y sus familiares en Andalucía.

A quién va dirigida

Asociaciones que trabajan con personas y familias afectadas por problemas de salud mental, especialmente en el ámbito de la prevención del suicidio.

Requisitos

  • Ser entidad beneficiaria de esta subvención la asociación “AFESOL SALUD MENTAL COSTA DEL SOL” con C.I.F. G-92106087.
  • No haber sido condenada a penas que impidan obtener subvenciones o ayudas públicas.
  • Cumplir con los requisitos establecidos en las normas legales mencionadas.
  • No tener deudas en periodo ejecutivo de ingresos del Derecho Público de Andalucía
  • No haber sido condenada por prácticas discriminatorias o sancionadas administrativamente
  • Cumplir las prohibiciones establecidas en la Ley 38/2003
  • Cumplir los objetivos y ejecutar el programa establecido
  • Justificar ante la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias el cumplimiento de requisitos y condiciones
  • Someterse a actuaciones de comprobación y control financiero
  • Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones o ingresos que financien las actividades subvencionadas

Gastos subvencionables

  • Necesarios para la atención de los enfermos mentales por la entidad beneficiaria, con arreglo a las actividades propuestas.
  • Alquileres, suministros, transporte, trabajos realizados por otras empresas, instalaciones o reparaciones ordinarias
  • Comunicaciones, material fungible de oficina, material didáctico
  • Personal de servicios y colaboraciones técnicas (ponentes, etc.)
  • Seguros
  • Manutención, desplazamientos y alojamientos de trabajadores
  • Gastos por ponencia o docencia no superiores a 40 €/hora
  • Asesoría jurídica o financiera, notariales, registrales y financieros
  • Tributos pagados efectivamente
  • Personal estrictamente necesario para la ejecución del programa
  • Gastos realizados con cargo a la cantidad concedida, incluyendo facturas y documentos originales de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa
  • Gastos de alquiler o prestación de servicios
  • Justificaciones correspondientes al personal (nóminas ajustadas al modelo oficial, boletines de cotización a la Seguridad Social y modelo tributario)
  • Facturas para colaboraciones puntuales
  • Dietas, gastos de desplazamientos y alojamientos del personal contratado

Criterios de valoración

  • Evaluación del grado de logro de objetivos formulados y los resultados obtenidos que permita medir el grado de cumplimiento del programa de actividades
  • Criterios de eficiencia y economía en la elección entre las ofertas presentadas

Documentación a presentar

  • Documentos justificativos de los gastos realizados con cargo a la cantidad concedida
  • Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas a la subvención
  • Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas
  • Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa

Condiciones económicas

El importe no puede superar el coste total de la actividad a desarrollar por la asociación.; El importe no superará el coste de la actividad, ni será superior al valor de mercado. Los gastos subvencionables deben estar justificados y detallados.; El importe de la subvención no podrá aumentarse. La modificación puede consistir en una minoración del importe o reducir las obligaciones de la entidad beneficiaria, especialmente sobre las actividades del Programa a desarrollar.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Asociaciones que trabajan con personas y familias afectadas por problemas de salud mental, especialmente en el ámbito de la prevención del suicidio.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 100% del coste subvencionable. Importe máximo por beneficiario: 30.000 €. El importe no puede superar el coste total de la actividad a desarrollar por la asociación.; El importe no superará el coste de la actividad, ni será superior al valor de mercado. Los gastos subvencionables deben estar justificados y detallados.; El importe de la subvención no podrá aumentarse. La modificación puede consistir en una minoración del importe o reducir las obligaciones de la entidad beneficiaria, especialmente sobre las actividades del Programa a desarrollar.. Presupuesto total: 30.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Sin plazo. Fin: Sin plazo.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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