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Subvención para gastos funcionales y actividades en bibliotecas, archivos y museos andaluces

AUTONOMICA · ANDALUCÍA · CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
Denominación oficial (BDNS): Subv. nominativa-gtos. func. y actividades - fed. and. libreros - 2026
Resumen: Es una subvención que financía los gastos operativos y actividades culturales de entidades sin ánimo de lucro relacionadas con bibliotecas, archivos y museos en Andalucía.

Qué financia

Financia gastos funcionales y actividades culturales

A quién va dirigida

A entidades sin ánimo de lucro que desarrollan actividades culturales como bibliotecas, archivos y museos en Andalucía.

Requisitos

  • No incurrir en circunstancias prohibidas por la Ley 38/2003 y el Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
  • No haber sido sancionado o condenado por prácticas laborales discriminatorias.

Gastos subvencionables

  • Cuota anual CEGAL
  • Gastos gestión web y redes sociales

Criterios de valoración

  • El reintegro será proporcional al grado de incumplimiento acreditado.
  • Se considera cumplimiento significativo cuando se haya ejecutado sustancialmente la actividad y alcanzada la finalidad pública perseguida.

Documentación a presentar

  • Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas.
  • Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas.

Condiciones económicas

El importe es fijo sin referencia a un porcentaje del gasto total; se efectuarán dos pagos diferidos, el primero en septiembre de 2026 y el segundo en febrero de 2027.; La ampliación del plazo de justificación no puede exceder la mitad del inicialmente establecido. La modificación no alterará el destino o finalidad de la subvención, ni elevará su cuantía.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
A entidades sin ánimo de lucro que desarrollan actividades culturales como bibliotecas, archivos y museos en Andalucía.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 20.000 €. El importe es fijo sin referencia a un porcentaje del gasto total; se efectuarán dos pagos diferidos, el primero en septiembre de 2026 y el segundo en febrero de 2027.; La ampliación del plazo de justificación no puede exceder la mitad del inicialmente establecido. La modificación no alterará el destino o finalidad de la subvención, ni elevará su cuantía.. Presupuesto total: 20.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: sin plazo de solicitud. Fin: sin plazo de solicitud.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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