Subvención para gastos funcionales y actividades en bibliotecas, archivos y museos andaluces
Qué financia
Financia gastos funcionales y actividades culturales
A quién va dirigida
A entidades sin ánimo de lucro que desarrollan actividades culturales como bibliotecas, archivos y museos en Andalucía.
Requisitos
- No incurrir en circunstancias prohibidas por la Ley 38/2003 y el Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
- No haber sido sancionado o condenado por prácticas laborales discriminatorias.
Gastos subvencionables
- Cuota anual CEGAL
- Gastos gestión web y redes sociales
Criterios de valoración
- El reintegro será proporcional al grado de incumplimiento acreditado.
- Se considera cumplimiento significativo cuando se haya ejecutado sustancialmente la actividad y alcanzada la finalidad pública perseguida.
Documentación a presentar
- Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas.
- Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas.
Condiciones económicas
El importe es fijo sin referencia a un porcentaje del gasto total; se efectuarán dos pagos diferidos, el primero en septiembre de 2026 y el segundo en febrero de 2027.; La ampliación del plazo de justificación no puede exceder la mitad del inicialmente establecido. La modificación no alterará el destino o finalidad de la subvención, ni elevará su cuantía.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.