Subvención para gastos generales de funcionamiento
Qué financia
Financia gastos generales de funcionamiento
A quién va dirigida
Organizaciones sin ánimo de lucro que no realizan actividades económicas
Requisitos
- Inscrita en el Registro de las Entidades Canarias en el Exterior
- Presentar la solicitud por medios electrónicos o presencialmente, según su ubicación
- Entidad no ha recibido ayudas con el mismo objeto de otras Administraciones
- No tiene pendiente obligaciones tributarias ni de Seguridad Social
- No está inhabilitada para recibir subvenciones
- No tiene pendientes de justificar o reintegrar subvenciones anteriores
- Cumplir con la normativa vigente para obtener la condición de beneficiario de subvenciones
- No estar incurso en ninguna circunstancia prevista en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Gastos subvencionables
- Alquiler de inmuebles
- Uso de teléfonos y correos postales
- Material de oficina fungible
- Salarios y seguros sociales del personal
- Mantenimiento y limpieza de locales
- Reparaciones menores
- Aseguramiento de inmuebles
- Gastos generales de funcionamiento de la entidad
Documentación a presentar
- Formulario normalizado disponible en la sede electrónica única del Gobierno de Canarias
- Documento expedido por entidad financiera para entidades con sede en Venezuela
- Memoria descriptiva de los gastos y insuficiencia de medios económicos propios
- Declaración bajo responsabilidad sobre recursos insuficientes
- Actividades realizadas con respecto a la ayuda, asistencia y protección de canarios residentes
- Autorización para obtener acreditación de cumplimiento tributario y seguridad social
- Documento expedido por la entidad financiera en Venezuela (si aplica)
- Aceptación incondicionada de las bases de la convocatoria
Condiciones económicas
El importe total máximo de las subvenciones no podrá superar los 180.000 €, y se consideran gastos subvencionables aquellos relacionados con alquiler, teléfonos, correos postales, material de oficina, salarios y seguros sociales del personal, mantenimiento y limpieza, reparaciones menores y aseguramiento.; No se especifica un importe máximo simple, pero hay mención a subvenciones inferiores a 60.000 € en el anexo II.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.