● Abierta · hasta 31/12/202625.000 €

Subvención para prevención de dependencia en personas con transtorno mental grave

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE LUGO · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE LUGO
Denominación oficial (BDNS): Subv. nom. benestar. programa de prevención de la dependencia para personas con transtorno mental grave en el medio urbano y rural. asociación alume saude mental. anualidad 2026
Resumen: Es una subvención que financía programas de prevención de la dependencia para personas con transtornos mentales graves, tanto en entornos urbanos como rurales. Está dirigida a asociaciones y organizaciones sin ánimo de lucro.

Qué financia

Financia programas de prevención de la dependencia en personas con transtornos mentales graves

A quién va dirigida

Asociaciones, entidades sin ánimo de lucro o ONGs que trabajen en servicios sociales y promoción social

Requisitos

  • Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 9 de la Ordenanza Xeral de Subvencións
  • Obtener todos los permisos, licencias y seguros necesarios para la ejecución
  • Presentar la cuenta xustificativa que acredite la execución de la actuación subvencionada
  • Declaración responsable cumpliendo el artículo 31.3 de la LXS
  • Facturas o documentos probatorios en tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa
  • Acreditación del pago antes del final del plazo de justificación

Gastos subvencionables

  • Gastos derivados de la atención a domicilio de personas con trastorno mental grave
  • Participación en obradoiros del Centro de Rehabilitación Psicosocial y Laboral
  • Otros gastos necesarios para la ejecución del programa
  • Operaciones comerciales
  • Gastos de combustible (con matrícula y titularidad del vehículo)

Documentación a presentar

  • ANEXO I. Memoria da actuación, xustificativa do cumprimento das condicións impostas no convenio canalizador da subvención
  • ANEXO II. Relación clasificada de gastos polo custo total da actuación subvencionada
  • ANEXO III. Declaración conxunta
  • Facturas ou documentos de valor probatorio equivalente
  • Facturas o documentos probatorios
  • Acreditación del pago
  • Ofertas solicitadas en base al artículo 31.3 de la LXS

Condiciones económicas

El 5% mínimo debe ser financiado por la beneficiaria; no se permitirá que las subvenciones y otros recursos superen el costo total de la actuación.; Los gastos deben sumarse para el cálculo de la subvención, no pueden abonarse en efectivo si alguno de los intervenientes es empresario o profesional con importe igual o superior a 1.000 €.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Asociaciones, entidades sin ánimo de lucro o ONGs que trabajen en servicios sociales y promoción social
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 25.000 €. El 5% mínimo debe ser financiado por la beneficiaria; no se permitirá que las subvenciones y otros recursos superen el costo total de la actuación.; Los gastos deben sumarse para el cálculo de la subvención, no pueden abonarse en efectivo si alguno de los intervenientes es empresario o profesional con importe igual o superior a 1.000 €.. Presupuesto total: 25.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/01/2026. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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