● Abierta · hasta 31/12/2026100% del coste149.000 €

Subvención para rehabilitación de casa modernista en Famara, Lanzarote

AUTONOMICA · CANARIAS · CONSEJERÍA DE UNIVERSIDADES, CIENCIA E INNOVACIÓN Y CULTURA
Denominación oficial (BDNS): Subvención diocesis de canarias rehabilitación casa modernista famara lanzarote
Resumen: Es una subvención que financía la rehabilitación de un edificio histórico en Famara, Lanzarote. Está dirigida a entidades culturales sin actividad económica.

Qué financia

Financiar la rehabilitación de una casa modernista histórica

A quién va dirigida

Entidades culturales que no realizan actividades económicas en Famara, Lanzarote

Requisitos

  • La Diócesis de Canarias debe estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No tener reintegros pendientes con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
  • Cumplir el objetivo y ejecutar el proyecto
  • Justificar ante el órgano gestor o entidad colaboradora el cumplimiento de requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad
  • Someterse a actuaciones de comprobación y control financiero
  • Comunicar al órgano gestor la obtención de otras subvenciones
  • Acreditar con anterioridad el cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
  • Disponer de libros contables, registros diligenciados y documentos auditados
  • Conservar los documentos justificativos de aplicación de fondos recibidos
  • Adoptar medidas de difusión con la identidad corporativa del Gobierno de Canarias
  • Proceder al reintegro en supuestos contemplados por la Ley 18/2003
  • Presentación de justificantes bancarios o recibíes firmados, sellados y con fecha
  • Certificado de tasador independiente en caso de adquisición de bienes inmuebles
  • Indicación de criterios de reparto de costes generales e indirectos si procede
  • Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada
  • Los tres presupuestos solicitados según el artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones

Gastos subvencionables

  • Gastos corrientes estrictamente necesarios para el desarrollo del proyecto de protección, conservación, difusión y valorización del patrimonio cultural.
  • El coste de adquisición de los gastos subvencionables no podrá ser superior al valor de mercado.
  • Gastos corrientes que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y sean estrictamente necesarios para el desarrollo del proyecto
  • Facturas y documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa
  • Certificado de tasador independiente para bienes inmuebles
  • Indicación de criterios de reparto de costes generales e indirectos
  • Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada

Criterios de valoración

  • Realización de la actividad subvencionada
  • Empleo de los fondos percibidos en el desarrollo de la actividad subvencionada
  • Coste real de la actividad subvencionada
  • Concesión de otras subvenciones y atribuciones patrimoniales gratuitas, públicas o privadas para la misma actividad
  • Obtención de ingresos propios o afectos a la actividad subvencionada

Documentación a presentar

  • Cuenta justificativa de gastos
  • Memoria de actuación justificativa
  • Memoria económica justificativa con relación clasificada de los gastos e inversiones, datos de facturas o documentos de valor probatorio, certificado de tasador independiente si aplica, indicación de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad
  • Justificantes bancarios de salida de fondos
  • Recibí de la empresa proveedora firmado, sellado y con fecha
  • Certificado de tasador independiente
  • Indicación de criterios de reparto de costes generales e indirectos
  • Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada
  • Los tres presupuestos solicitados según el artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones

Condiciones económicas

El abono anticipado se otorga por el 100% de la cuantía, con justificación de interés público y social. La entidad beneficiaria debe estar al corriente en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.; El gasto debe ser efectivamente pagado durante el plazo de ejecución. Los costes no pueden superar el valor de mercado. Pagos en metálico hasta 3.000 € por expediente, limitados a 1.000 € según la Ley 7/2012.; El abono es anticipado, pero solo si la entidad beneficiaria está al corriente con sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social. No se especifica un importe máximo simple.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Entidades culturales que no realizan actividades económicas en Famara, Lanzarote
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 100% del coste subvencionable. El abono anticipado se otorga por el 100% de la cuantía, con justificación de interés público y social. La entidad beneficiaria debe estar al corriente en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.; El gasto debe ser efectivamente pagado durante el plazo de ejecución. Los costes no pueden superar el valor de mercado. Pagos en metálico hasta 3.000 € por expediente, limitados a 1.000 € según la Ley 7/2012.; El abono es anticipado, pero solo si la entidad beneficiaria está al corriente con sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social. No se especifica un importe máximo simple.. Presupuesto total: 149.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 10/10/2025. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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