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Subvenciones para asociaciones y entidades sin ánimo de lucro en Sevilla

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE SEVILLA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA
Denominación oficial (BDNS): Aprobando las bb.rr y la convocatoria de subvenciones del área de concertación, “impulso a la colaboración con asociaciones, uniones,agrupaciones eª, sindicatos y entidades privadas sin ánimo de lucro,así como mmdes.prov. de sevilla, año 2026-27.
Resumen: Esta convocatoria ofrece subvenciones económicas a organizaciones no comerciales en la provincia de Sevilla. Es competitiva y abierta a diversas asociaciones.

Qué financia

Financia actividades y proyectos de interés social realizado por asociaciones, uniones e entidades sin ánimo de lucro en Sevilla.

A quién va dirigida

Asociaciones, uniones, agrupaciones, sindicatos y otras entidades privadas sin ánimo de lucro ubicadas en la provincia de Sevilla.

Requisitos

  • Ser Asociaciones, Uniones, Agrupaciones Empresariales, Sindicatos o Entidades Privadas sin ánimo de lucro de la Provincia de Sevilla
  • Realizar proyectos para el Desarrollo Socioeconómico en los Municipios de la Provincia de Sevilla
  • Cumplir los objetivos, ejecutar el proyecto y realizar la actividad en la forma y plazo establecidos
  • Aportar cofinanciación mínima del 10%
  • Justificar ante la Diputación de Sevilla la aplicación de fondos recibidos
  • Mantener condiciones de contratación de personal y número de contratos comprometidos
  • Comunicar obtención de otras subvenciones, ayudas o recursos que financien actividades subvencionadas
  • Asumir cargas y obligaciones legales
  • Informar del grado de ejecución de las actuaciones y resultados obtenidos
  • Proceder al reintegro de fondos en supuestos contemplados
  • Describir perfil y funciones del equipo de trabajo
  • Acreditar experiencia en proyectos relacionados durante los últimos tres años
  • Justificar incidencia territorial (número de municipios beneficiados)
  • Demostrar elementos innovadores
  • Probar aportación económica propia por encima de la cofinanciación obligatoria

Gastos subvencionables

  • Gastos de Personal (100%)
  • Tributos efectivamente abonados por la Entidad beneficiaria
  • Arrendamiento de ordenadores u otra maquinaria necesaria
  • Gastos de publicidad y difusión
  • Gastos de material necesario para el desarrollo de la actividad
  • Honorarios de ponentes, profesionales, etc... para la impartición de cursos, seminarios o jornadas, presenciales o telemáticos
  • Servicios generales de difusión
  • Gastos derivados de servicios de catering
  • Estructura (agua, luz, limpieza)
  • Dietas y desplazamientos

Criterios de valoración

  • Innovación en actividades empresariales que permitan incrementar la competitividad
  • Apoyo a PYMES, autónomos y emprendedores
  • Reforzamiento e impulso de innovación en sectores productivos con potencial de crecimiento
  • Calidad del proyecto y pertinencia
  • Valoración del equipo de trabajo
  • Experiencia en proyectos similares
  • Incidencia territorial
  • Introducción de innovación
  • Grado de aportación económica
  • Evaluación del equipo de trabajo (hasta 10 puntos)
  • Experiencia en proyectos similares (hasta 10 puntos)
  • Incidencia territorial (hasta 10 puntos)
  • Introducción de innovación (hasta 15 puntos)
  • Grado de aportación económica propia (hasta 25 puntos)

Documentación a presentar

  • Proyecto detallado y presupuesto
  • Declaración responsable de ausencia de prohibiciones para obtener la condición de beneficiarios
  • Estatutos de la entidad o instrumento fundacional
  • Documento acreditativo del representante legal
  • Fotocopia del DNI del representante legal
  • Certificado de estar al corriente en sus obligaciones tributarias
  • Memoria explicativa de las actividades realizadas
  • Relación clasificada de los gastos con identificación del acreedor y documento
  • Certificado de la persona u órgano competente sobre el uso correcto de la ayuda
  • Declaración responsable de otras subvenciones, ayudas o ingresos que hayan financiado la actividad
  • Autorización para usar el logo oficial de la Diputación de Sevilla
  • Certificado de estar al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social

Condiciones económicas

La cuantía total de las subvenciones es de 276.000,00€, distribuida entre Entidades privadas sin ánimo de lucro (186.000,00€) y Mancomunidades (90.000,00€). Se permite un incremento en la dotación si hay exceso de crédito.; Cofinanciación mínima del 10%; subcontratación hasta el 60% del importe total de la subvención; limitaciones presupuestarias por sector y número máximo de proyectos por entidad.; La subvención resulta del reparto del presupuesto asignado; cofinanciación obligatoria del 10%; pagos en dos partes: 75% al inicio y 25% al finalizar la ejecución.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Asociaciones, uniones, agrupaciones, sindicatos y otras entidades privadas sin ánimo de lucro ubicadas en la provincia de Sevilla.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 75% del coste subvencionable. La cuantía total de las subvenciones es de 276.000,00€, distribuida entre Entidades privadas sin ánimo de lucro (186.000,00€) y Mancomunidades (90.000,00€). Se permite un incremento en la dotación si hay exceso de crédito.; Cofinanciación mínima del 10%; subcontratación hasta el 60% del importe total de la subvención; limitaciones presupuestarias por sector y número máximo de proyectos por entidad.; La subvención resulta del reparto del presupuesto asignado; cofinanciación obligatoria del 10%; pagos en dos partes: 75% al inicio y 25% al finalizar la ejecución.. Presupuesto total: 276.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: A partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP Sevilla. Fin: A los 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación BOP Sevilla.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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