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Subvenciones para asociaciones y ONGs en Guardamar del Segura

LOCAL · GUARDAMAR DEL SEGURA · AYUNTAMIENTO DE GUARDAMAR DEL SEGURA
Denominación oficial (BDNS): Bases y Convocatoria para la concesión de subvenciones a asociaciones de cualquier tipo y entidades sin ánimo de lucro de Guardamar del Segura, anualidad 2026.
Resumen: Esta convocatoria ofrece subvenciones anuales a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro en Guardamar del Segura, con un importe máximo de 20.000 €.

Qué financia

Financiación para actividades culturales

A quién va dirigida

Asociaciones y ONGs que realizan actividades culturales en el municipio de Guardamar del Segura

Requisitos

  • Estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades
  • Cumplir con las obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social
  • Cumplir con sus obligaciones de pago frente al Ayuntamiento
  • No estar incurso en prohibiciones establecidas por la Ley 38/2003
  • Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones
  • Cumplir con los requisitos y condiciones impuestos para la subvención
  • Justificar ante el órgano concedente o entidad colaboradora el cumplimiento de las actividades
  • Someterse a actuaciones de comprobación por parte del órgano competente
  • Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas
  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
  • Disponer de libros contables, registros diligenciados y documentos auditados
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos
  • Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de esta Ley

Gastos subvencionables

  • Alquiler de salas o espacios para llevar a cabo la actividad
  • Alquiler de material o equipos necesarios
  • Seguros de responsabilidad civil y accidentes
  • Compra de material no inventariable
  • Servicios contratados a empresas o profesionales independientes
  • Gastos de difusión
  • Gastos subvencionables realizados dentro y fuera de Guardamar del Segura, con justificación mediante facturas y documentos de valor probatorio
  • Gastos asociados a actividades que guarden relación con las actividades subvencionables

Criterios de valoración

  • Número de actuaciones realizadas, asignándose por cada actividad o actuación 5 puntos hasta un máximo de 50 puntos.

Documentación a presentar

  • Impreso de solicitud firmado por el representante legal
  • Memoria descriptiva con actividades programadas y coste
  • Declaración Responsable
  • Certificación AEAT de estar al corriente de las obligaciones tributarias
  • Certificación TGSS o modelo de autorización para obtener datos
  • Certificación del secretario/a del ente beneficiario
  • Mantenimiento de Alta de Terceros y certificación bancaria
  • Formulario normalizado AD18/V2 (Anexo VIII)
  • Facturas y documentos de valor probatorio
  • Documentación acreditativa del pago
  • Acreditación de las medidas de difusión

Condiciones económicas

Según disponibilidad presupuestaria; hasta agotarse el crédito destinado a la convocatoria.; La cuantía no podrá superar el crédito disponible. Los gastos deben alcanzar el 100% del importe subvencionado, y si hay otros ingresos o subvenciones que sobrepasan los gastos justificados, la municipal se reducirá en proporción.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Asociaciones y ONGs que realizan actividades culturales en el municipio de Guardamar del Segura
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 20.000 €. Según disponibilidad presupuestaria; hasta agotarse el crédito destinado a la convocatoria.; La cuantía no podrá superar el crédito disponible. Los gastos deben alcanzar el 100% del importe subvencionado, y si hay otros ingresos o subvenciones que sobrepasan los gastos justificados, la municipal se reducirá en proporción.. Presupuesto total: 20.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: desde el día siguiente a la publicación de las bases y convocatoria en el BOP. Fin: 10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de las bases y convocatoria en el BOP.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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