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Subvenciones para Ayuntamientos y Mancomunidades en Murcia

AUTONOMICA · REGIÓN DE MURCIA · CONSEJERÍA DE POLÍTICA SOCIAL, FAMILIAS E IGUALDAD
Denominación oficial (BDNS): Decreto n.º 168/2026, 17 de septiembre, por el que se aprueban las normas especiales reguladoras de subvenciones a Ayuntamientos y Mancomunidades de Servicios Sociales de la Región de Murcia para el desarrollo de actuaciones de apoyo a la Familia e infanc
Resumen: Este decreto establece normas para subvencionar a entidades locales en la Región de Murcia que brindan servicios sociales, especialmente enfocados en apoyo familiar e infantil.

Qué financia

Financia acciones de apoyo a la familia e infanci

A quién va dirigida

Ayuntamientos y Mancomunidades de Servicios Sociales en la Región de Murcia

Requisitos

  • Ser Ayuntamiento o Mancomunidad de Servicios Sociales de la Región de Murcia
  • Promover proyectos dentro del Sistema Público de Servicios Sociales
  • Desarrollar proyectos aprobados por la Dirección General de Familias, Infancia y Conciliación
  • Presentar una memoria técnica de actuación justificativa
  • Memoria económica justificativa con relación clasificada de gastos y pagos, facturas o documentos probatorios equivalentes, informe del Interventor
  • Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada
  • Los tres presupuestos solicitados según el artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones

Gastos subvencionables

  • Necesidades básicas de alimentación, higiene, ropa
  • Acceso a servicios como salud, educación, vivienda y empleo
  • Apoyo sociofamiliar e intervención familiar
  • Actividades de ocio, tiempo libre, culturales y educativas
  • Prestaciones económicas y/o en especie directamente a las familias
  • Servicios proporcionados (diagnóstico, derivación, prestación de servicios)
  • Alimentación
  • Alquileres y otros gastos de alojamiento
  • Suministros básicos (agua, electricidad y gas) para beneficiarios
  • Equipamiento básico de primera necesidad para la vivienda habitual
  • Ropa personal
  • Material escolar
  • Comedor escolar
  • Transporte escolar
  • Escuelas infantiles
  • Apoyo a la salud (medicinas, vacunas, gafas, productos higiénicos, pañales)
  • Personal
  • Gastos corrientes de gestión
  • Gastos de mantenimiento de los programas
  • Gastos y pagos ocasionados en el desarrollo de las actuaciones realizadas en el marco de la subvención
  • Desviaciones acaecidas si se otorga con arreglo a un presupuesto
  • Coste de actividades realizadas

Criterios de valoración

  • Mejorar la situación social de familias con menores en privación material severa o riesgo de pobreza
  • Proporcionar servicios de intervención y apoyo familiar
  • Garantizar el derecho a actividades de ocio, cultura y alimentación adecuada
  • Distribución inicial del importe total entre las entidades locales según población y recursos
  • Índices correctores por grupos de población
  • Financiación mínima para todas las entidades locales
  • Comunicación a las entidades locales del resultado de la distribución inicial
  • Distribución adicional de importes según criterios poblacionales
  • Cumplimiento del objeto técnico de la subvención por parte del beneficiario
  • Recogida de todos los gastos e ingresos de las entidades relativos a la actividad subvencionada
  • Correspondencia de los pagos y cobros con facturas originales o documentos contables del mismo valor o equivalente

Documentación a presentar

  • Presentación de proyectos según modelo facilitado por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030
  • Memoria técnica de actuación justificativa
  • Memoria económica justificativa
  • Relación clasificada de gastos y pagos
  • Documentos anexados (presupuestos, carta de pago de reintegro)
  • Libros contables y documentos financieros exigidos por la legislación aplicable
  • Facturas o documentos probatorios equivalentes
  • Informe del Interventor
  • Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada
  • Los tres presupuestos solicitados

Condiciones económicas

La distribución se realiza según criterios objetivos y se asigna a cada entidad local en función de su población y necesidades.; La distribución inicial se realiza siguiendo reglas de población y recursos. Se establecen índices correctores según grupos de población. La financiación mínima es de 6.000 € para municipios y 10.000 € para mancomunidades.; El gasto derivado de la revisión de la cuenta justificativa no puede superar el 2% del importe total de la subvención. La publicidad y transparencia son obligatorias.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Ayuntamientos y Mancomunidades de Servicios Sociales en la Región de Murcia
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 2.685.384,64 €. La distribución se realiza según criterios objetivos y se asigna a cada entidad local en función de su población y necesidades.; La distribución inicial se realiza siguiendo reglas de población y recursos. Se establecen índices correctores según grupos de población. La financiación mínima es de 6.000 € para municipios y 10.000 € para mancomunidades.; El gasto derivado de la revisión de la cuenta justificativa no puede superar el 2% del importe total de la subvención. La publicidad y transparencia son obligatorias.. Presupuesto total: 2.685.384 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: sin plazo de solicitud. Fin: sin plazo de solicitud.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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