● Abierta75% del coste150.000 €

Subvenciones para el desarrollo cinematográfico en Gran Canaria

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Denominación oficial (BDNS): Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas al desarrollo de largometrajes y series y a la producción de cortometrajes en la isla de Gran Canaria. Categoría de ficción, documental o animación. Anualidad 2026.
Resumen: Esta convocatoria ofrece subvenciones anuales para proyectos de largometrajes, series y cortometrajes en la isla de Gran Canaria. Se dirige a pymes y personas físicas que producen contenido ficción, documental o animación.

Qué financia

Financia el desarrollo de largometrajes, series y cortometrajes en los géneros de ficción, documental o animación.

A quién va dirigida

Pymes y personas físicas que desarrollan actividades económicas relacionadas con la producción cinematográfica en Gran Canaria.

Requisitos

  • Tener domicilio fiscal en Gran Canaria
  • Estar de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) con una antigüedad mínima de doce meses
  • Estar inscrito en el Registro de Empresas y Obras Audiovisuales de Canarias o del Ministerio de Cultura y Deporte
  • Cumplir las condiciones de participación según la modalidad (50% para desarrollo, 35% para producción)
  • No ser operadores de televisión u otros prestadores similares
  • Evitar contenido publicitario, homófobo, xenófobo, etc.
  • No haber terminado el proyecto antes del 1 de junio de 2026
  • Cumplir con la intensidad y importe máximo establecidos
  • Presentar documentación completa y cumplir con los requisitos de minimis
  • Obtener un mínimo global de 50 puntos en la valoración
  • Presentar una única solicitud por modalidad
  • No presentar el mismo proyecto a ambas modalidades
  • No solicitar más de una ayuda por modalidad mediante empresas distintas administradas por la misma persona o con más del 50% de capital compartido
  • Cumplir las condiciones impuestas para adquirir la condición de beneficiario

Gastos subvencionables

  • Gastos directos y indirectos definidos en la convocatoria
  • Costes de desarrollo del guion, definición de proyecto, diseño promocional, viajes a ferias, operaciones vinculadas, auditoría
  • Para producción: gastos de preproducción, rodaje, postproducción, material de archivo
  • Producción ejecutiva y dirección (hasta el 7%)
  • Reducción de huella ambiental (hasta el 8%)
  • Auditoría
  • Costes indirectos (hasta el 5% del total subvencionable)

Criterios de valoración

  • Cualificación por el Ministerio de Cultura o estreno en cualquier medio con comunicación pública
  • Aportación propia del 5%
  • Cumplimiento de los requisitos de participación según la modalidad
  • No superar el límite máximo establecido en el Reglamento (UE) 2023/2831
  • Valor cultural y creativo del proyecto
  • Viabilidad técnica y económica, realización insular y promoción del tejido profesional insular
  • Política de igualdad de género
  • Criterios de valoración especificados en los anexos de la convocatoria
  • Evaluación por una comisión técnica formada por expertos y un secretario

Documentación a presentar

  • Solicitud con toda la documentación requerida
  • Presupuesto detallado del proyecto
  • Contrato de coproducción si aplica
  • Informes de auditoría
  • Certificados sobre reducción de huella de carbono (opcional)
  • Anexo I Datos generales
  • Anexo II Memoria resumen
  • Anexo III Presupuesto resumen
  • Anexo IV Plan de financiación
  • Anexo V Criterios de valoración
  • Anexo VI Minimis
  • Memoria explicativa del proyecto
  • Guion
  • Currículum del solicitante y directora/a
  • Calendario y planes de producción y distribución
  • Anexo I Datos generales (firma electrónica)
  • Anexo II Memoria resumen (firma electrónica)
  • Anexo III Presupuesto resumen (firma electrónica)
  • Anexo IV Plan de financiación (firma electrónica)
  • Anexo V Criterios de valoración (firma electrónica)
  • Anexo VI Minimis (firma electrónica)
  • Memoria explicativa y guion para Modalidad A o B (firma electrónica)
  • Currículum del solicitante, directora/a y otros intervinientes
  • Calendario y planes de producción y distribución (firma electrónica)
  • Relación de necesidades técnicas (firma electrónica)

Condiciones económicas

La subvención se concederá en función del coste total subvencionable, con un límite de gastos indirectos del 5% y un tope máximo por persona o función del 20%. Los proyectos deben incluir al menos el 5% de aportación propia. La ayuda está sujeta a la disponibilidad presupuestaria.; El precio máximo del informe de auditoría se calcula por tramos sobre el gasto efectivamente controlado, con un importe mínimo de 695,50 € por encargo. Los costes indirectos no pueden superar el 5% de los costes directos subvencionables.; No hay información sobre un importe máximo simple, pero existen requisitos específicos para la presentación de solicitudes y documentación. La subvención se otorga según los criterios de valoración establecidos.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Pymes y personas físicas que desarrollan actividades económicas relacionadas con la producción cinematográfica en Gran Canaria.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 75% del coste subvencionable. Importe máximo por beneficiario: 15.000 €. La subvención se concederá en función del coste total subvencionable, con un límite de gastos indirectos del 5% y un tope máximo por persona o función del 20%. Los proyectos deben incluir al menos el 5% de aportación propia. La ayuda está sujeta a la disponibilidad presupuestaria.; El precio máximo del informe de auditoría se calcula por tramos sobre el gasto efectivamente controlado, con un importe mínimo de 695,50 € por encargo. Los costes indirectos no pueden superar el 5% de los costes directos subvencionables.; No hay información sobre un importe máximo simple, pero existen requisitos específicos para la presentación de solicitudes y documentación. La subvención se otorga según los criterios de valoración establecidos.. Presupuesto total: 150.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el B.O.P.. Fin: 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria .

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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