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Subvenciones para entidades de protección animal

ESTADO · MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030 · DIRECCIÓN GENERAL DE DERECHOS DE LOS ANIMALES
Denominación oficial (BDNS): Subvenciones a entidades de protección animal 2026
Resumen: Programa que ofrece financiamiento a organizaciones dedicadas a la protección y bienestar de los animales. Ideal para asociaciones sin ánimo de lucro.

Qué financia

Financia actividades relacionadas con el cuidado, protección y promoción de animales

A quién va dirigida

Organizaciones sin ánimo de lucro dedicadas a la protección animal

Requisitos

  • Ser asociación o fundación sin ánimo de lucro legalmente constituida, no perteneciente al sector público, de nacionalidad española y con residencia fiscal en España.
  • Que sus estatutos establezcan como fin principal la protección y defensa de los animales.
  • Cumplir los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden DSA/1045/2021
  • Acreditar experiencia como entidad (hasta 10 puntos)
  • Tener una web propia actualizada y difusión en redes sociales

Gastos subvencionables

  • Gastos de traslado de animales abandonados
  • Tratamientos veterinarios
  • Mejora de instalaciones
  • Coste de tratamientos veterinarios
  • Gastos de alimentación y traslado de animales
  • Gastos en equipamiento y mejora de instalaciones

Criterios de valoración

  • Años de experiencia como entidad (hasta 10 puntos)
  • Difusión del funcionamiento de la Entidad (hasta 10 puntos)
  • Años de experiencia como entidad (hasta 20 puntos)
  • Coste de tratamientos veterinarios (hasta 35 puntos)
  • Gastos de alimentación y traslado de animales (hasta 35 puntos)
  • Gastos en equipamiento y mejora de instalaciones (hasta 10 puntos)

Documentación a presentar

  • Anexo I. Datos de la entidad
  • Anexo II. Declaración responsable de que la entidad se encuentra al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  • Anexo III. Declaración responsable de que la entidad no está incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • Anexo IV. Declaración responsable de las subvenciones solicitadas o concedidas hasta la fecha, destinadas a sufragar los mismos gastos, con indicación de sus cuantías.
  • Memoria técnica
  • Memoria económica con justificantes
  • Justificantes de gastos
  • Justificantes o documentos acreditativos del pago

Condiciones económicas

El importe máximo por entidad beneficiaria no superará los 10.000 euros, ni el importe solicitado. La cuantía de las subvenciones será proporcional a los gastos acometidos.; La subvención se otorga según puntuación obtenida en la fase de valoración. La intensidad del gasto cubierto por la subvención no está especificada como un %. El importe máximo recibible por entidad beneficiaria no se menciona explícitamente.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones sin ánimo de lucro dedicadas a la protección animal
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 10.000 €. El importe máximo por entidad beneficiaria no superará los 10.000 euros, ni el importe solicitado. La cuantía de las subvenciones será proporcional a los gastos acometidos.; La subvención se otorga según puntuación obtenida en la fase de valoración. La intensidad del gasto cubierto por la subvención no está especificada como un %. El importe máximo recibible por entidad beneficiaria no se menciona explícitamente.. Presupuesto total: 1.994.971 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el BOE. Fin: un mes desde la publicación del extracto en el BOE.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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